¿Gasto deducible(autónomos)?

El 3 de diciembre me he dado de alta como autónomo.
Actualmente estoy divorciado y mi ex mujer tiene la custodia de mis tres hijos. Por sentencia de divorcio estoy obligado a pagar seguro médico privado a mis hijos ( y por ende, además pago el mío.) De hecho, incluso se lo pago a mi ex mujer(voluntariamente)
Esto supone una cuota de unos 190 euros mensuales (pongamos que 150 se corresponden conmigo y mis tres hijos)
¿Es deducible como gasto del IRPF?
¿Incorporo esta deducción en los pagos fraccionados de irpf? ¿O lo hago en la declaración anual?

Respuesta
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Yo soy asesor fiscal de acuerdo al articulo 30.5 Tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente.

Por lo tanto deben tenerse en cuanta pero al final del ejercicio para calcular el rendimiento neto no para calcular el pago fraccionado

Si necesitas un asesor fiscal y estas en estimación directa por 35 euros tienees uno [email protected]

Muchas gracias por la respuesta, pero me queda la duda siguiente:

En la teoría y en la práctica no tengo cónyuge (sí tengo ex-cónyuge...); ¿la parte proporcional del seguro medico que pago correspondiente a ella, la incluyo como deducción o no?

Además soy autónomo desde el 3 de diciembre (recientito!!!), considero como deducción por este concepto todas las cuotas mensulaes del seguro médico del año 2012 (con ese tope de 500 por persona y año), o sólo la satisfecha en el presente mes diciembre?

Muchísimas gracias otra vez.

Es tu ex mujer por lp que no es tu mujer y no seria deducible ya que ya no es tu cónyuge, las deducciones solo son aplicables si estas en estimación directa y solo desde el inicio de la actividad

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