Bienes inmuebles sin usufructo

Acerca de este asunto. Yo tengo el mismo caso que
otros anteriores pero con una diferencia. Si el inmueble en el cual participo
por herencia (5,55%) pero en la parte de arriba vive mi madre y en la planta de
abajo está arrendado para comercio, aunque yo no soy el perceptor del alquiler,
que lo es mi madre, ¿he de hacer constar este bien inmueble en mi declaración
por tener participación según escritura? Yo vivo en otra unidad familiar y ya
me deduzco mi vivienda habitual al 50% con mi pareja.

Respuesta
1

Si solo tienes una parte de la nuda propiedad, no tienes que declarar nada, es el usufructuario el que tiene que declarar los frutos (alquiler o imputación de rentas inmobiliarias).

Hasta ahí era lo que sospechaba por el usufructo de mi madre pero es que a finales del 2011 vendió un solar por XXX € del cual también soy titular en el 5,55% a una de mis hermanas titular también hasta ese momento en un 5,55%. Hacienda me ha mandado en los datos fiscales esta operación de transmisión de derechos sobre este bien. Entiendo que para que lo indique en la declaración como pérdida patrimonial y yo ni he visto un € ya que mi madre lo percibió en la totalidad, ni se valor de transmisión, ni valor de adquisición que en su día se fijaría en el impuesto de sucesiones cuando fallecíó mi padre. En fin que tampoco se ni siquiera el importe a consignar en la transmisión. ¿He de aplicar a todos estos valores mi 5,55%? Ando un poco liada con este asunto.

Hacienda te lo indica para que lo declares, hayas tenido una ganancia o una pérdida. Para declararlo necesitas la fecha de adquisición (fallecimiento de tu padre), el valor del solar a esa fecha (declarado en el impuesto de sucesiones), la fecha de venta, el valor de venta y los gastos de ambas operaciones. Da igual si el dinero se lo ha quedado tu madre o lo has donado a una ONG, tienes que declarar la ganancia/pérdida por la venta de tu 5,55% de la nuda propiedad. Si tu madre no te facilita los datos, puedes ir al notario o notarios ante los que hicisteis ambas operaciones y pedir una copia simple de las escrituras. Hacienda seguramente también te podrá facilitar algún dato, sobre todo si no hace muchos años de la defunción de tu padre, aunque no es seguro y solo los valores declarados en esas operaciones, no los gastos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas