Vivienda comprada de soltero

Buenas noches, reconozco que mi caso es complicado, me gustaría una
segunda opinión, y punto de vista, intentaré no dejarme nada atrás, y
espero que me pueda al menos intentar ayudar, ante todo muchas gracias
por su ayuda y generosidad.
Yo compré una vivienda en España, en el año 1.998 con Nacionalidad Hindú, de Soltero. Que actualmente está pagada.
En
el 2.003 me casé con una chica Hindú de la India y en la India, (de
momento no hemos podido convalidar el matrimonio, tenemos presentado los
papeles). Desde entonces vive en España conmigo con Permiso de
Residencia Permanente.
Después de casarnos, me concedieron la
nacionalidad española, en el 2.004, ahora tengo dos hijos de 7 y 1 año
respectivamente, ambos con nacionalidad española, y ella Hindú.
En el 2.009 monté una SCP
con otros dos socios, este año la hemos disuelto, y ellos dos están en
paradero desconocido, ambos tienen nacionalidad hindú, y sin bienes en
España. Actualmente tenemos dos deudas pendiente de liquidar que nos
dieron a la SCP:
a) ICO Préstamo de 30.0000, la escritura se
realizó con Garantía Solidaria. Actualmente me han enviado una
notificación, para que comente los bienes que tengo o deposite los
30.000 euros. Les he dicho que solo tengo mi vivienda habitual.
b) Póliza de crédito, con la Garantía de mi vivienda (que ya la tengo pagada). Ésta póliza, ahora, la estoy pagando yo solo.
Le
resumo, actualmente trabajo para alguien y tengo una nómina (pequeña)
según convenio, mi mujer no trabaja, y tenemos dos niños, y nuestra
única vivienda "pagada", que la compré cuando era soltero.
Me
gustaría tener su punto de vista, mi duda es, se le ocurre algo, ¿qué
puedo hacer para no involucrar a estas deudas con mi vivienda?, es
decir, tener la casa por y para mis hijos y mi mujer. Se aceptan todo
tipo de sugerencias.
Por otro lado, me gustaría saber qué acciones cree ud. Que van a tomar conmigo sobre el ICO..?, y cuál suele ser el proceso, en caso de Embargos.
Muchas gracias

2 respuestas

Respuesta
1

Lo primero recomendarle que se ponga en manos de un abogado, que le estudie la documentación, principalmente de los créditos que tiene firmado y de las garantías...

Si su vivienda esta como garantía de una póliza de crédito, usted tendrá anotada esta carga en el Registro de la Propiedad... por lo tanto, si no paga, pueden ejecutar la garantía, y por lo tanto embargar... En cuanto al ICO, aunque no tenga anotado nada en el registro, al ser usted propietario, si pueden llegar a embargar mediante procedimiento judicial...

Tiene muy complicado hacer nada, pues ademas, cualquier actuación por su parte, como una venta o una donación, puede ser interpretada como un alzamiento de bienes.

Respuesta

Lamento no poder ayudarle, ya que hay cuestiones de Familia, Mercantiles etc... mezcladas y considero que es un tema lo suficientemente importante, para aventurar una respuesta que lejos de aclararle nada, pudiera más bien confundirle.

Tengo un compañero de despacho que lleva este tipo de asuntos, la primera consulta presencial sin límite de tiempo tiene un coste de 50 Euros, a deducir si se ocupa del asunto de la factura final.

Tiene el despacho en la C/ Velázquez de Madrid

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