Límites en la declaración IRPF

Según tengo entendido, a la hora de realizar la declaración de hacienda (IRPF), el tipo a aplicar, y por consiguiente las cantidades a pagar, varían en función del sueldo; si bien, los tipos se establecen en tramos. Por ejemplo: ¿Si un tramo va desde 30.000 a 35.000?, ¿A una persona que gana 30.000? Se le aplica lo mismo que a otro que gane 35.000, ¿pero a otro que gane 35.001? Se le aplica un tipo superior; ya que tiene un poder adquisitivo mayor.
Mi situación es la siguiente: ¿Yo tengo unos ingresos brutos de unos 35000?, pero puedo obtener más ingresos por servicios extraordinarios (¿he podido llegar a 9000? Anuales).
La duda que me surge en que tramos me movería en mi situación. A partir de que momento no me sería rentable realizar los servicios extraordinarios ya que me aplican una situación más penosa en la declaración.
Respuesta
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No hay tramos tal como tu los pones, hay unos baremos de aplicación de porcentajes y van variando según lo que ingresas en total, pero no hay una situación por la que por ganar un euro más se te aplique un porcentaje más alto.
Creo que deberías ir a web de hacienda www.aeat.es, Descarga de programas de ayuda y descargarte el programa de retenciones.
Así podrás hacer el cálculo casi exacto de lo que tendrás que pagar a hacienda según lo que ganes. Es así de fácil.
He intentado ponerte el link, pero no se la razón por la que "copiar y pegar" no funciona en esta web.
Perdón pero creo que no hice la pregunta correctamente, he vuelto a hablar con el encargado de personal de mi empresa y ahora creo tenerlo más claro, si bien el no me termina de aclarar.
Los limites a los que hacía alusión no se tratan para la declaración del IRPF, sino en el porcentaje a aplicar en la nómina. Según él cuando pasas de unos tramos (no nos indica cuando) el programa informático con el que gestiona las nóminas le establece que tiene que subirnos el porcentaje al IRPF.
Un ejemplo: el año pasado yo venía desgravando un 17 %, en julio me subió al 18 %, para terminar el mes de diciembre con un 34 % (más de un tercio de mi nómina para el fisco). Según la explicación que nos dieron (ya que le pasó a más compañeros) es que lo establecía el programa, debido a que habíamos cobrado más por las horas extras.
Lo que me gustaría saber cuales son los límites para que este año no me pase lo mismo y resulte que las horas se las lleve hacienda.
Espero haberme explicado con claridad.
Las empresas tienen que retener según la previsión de pagos anuales que te van a hacer y según los cálculos que da el programa de hacienda para las retenciones, no hay más. Es así.
Esas retenciones se tienen que ir ajustando a lo largo del año, de forma que al final del año lo retenido tiene que ser casi igual a lo que te corresponderá pagar a hacienda en la declaración del irpf.
Bajate el programa de ayuda de retenciones y puedes hacer los cálculos tu mismo.
No me puedo extender más en mi respuesta porque estoy de vacaciones y la conexión de internet que tengo es muy limitada.

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