I.r.p.f. Que me han de retener

Trabajo desde hace 3 años en una empresa de seguros grande, cada mes he observado que el porcentaje de YPF me varia cada mes sin que sepa yo porque. Se que en los primeros años de un contrato el porcentaje tiene que ser de 2% creo, pero bueno ahora me parece que por mi categoría o grupo profesional que es grupo 3 nª8 que es lo pone en mi nomina, tendría que ser entre 7 y 15% que lo leí por Internet el otro día. Lo que yo querría saber es si comento en el departamento de personal que me pongan fijo un 7% a partir de enero no me vallan a poner alguna excusa que sea mentira y saber si tengo derecho a elegir yo el porcentaje que mejor me valla, porque claro mi sueldo bruto anual no llega al mínimo para hacer la declaración obligatoria de hacienda, por eso me vendría bien tener el mínimo porcentaje posible de I.R.P.F para no pagar más del mínimo posible al hacienda.

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Los programas suelen hacerlo automáticamente según se va pasando de tramo en tramo. Reteniendo desde el 2% en adelante.
Hay programas que no aceptan modificaciones sobre la retención, programas baratos (todo hay que decirlo), y que calculan mes a mes lo que va correspondiendo. Si es el caso no se podría.
Hay otros programas que sí permiten fijar la cantidad, pero esto tiene problemas. Si los administrativos no se dan cuenta de que hay que cambiar la cantidad porque el porcentaje de retención se ha quedado corto Hacienda multará a la empresa por no hacer bien las retenciones.
Y el problema de tu empresa es que si no llegas al límite para hacer la declaración prefieren fijar automáticamente el porcentaje para no meter la pata.
Sí te lo van a poner para que a fin de año quede la cuenta igualada y no tengas que hacerla obligatoriamente. Si el caso es que no tienes que hacerla cuando toque hacerla pide el borrador y si te sale a pagar no la eches.
Si tú fijas el porcentaje de retención pensando en el cómputo anual de ingresos pueden suceder dos cosas. Que la cantidad retenida sea inferior a lo que dictan los tramos con lo cual multarían a tu empresa y a ti porque como no se llega al límite para hacer la declaración y por ello se estaría subreteniendo en fraude.
O podría suceder que pagaras de más, con lo cual tendrías que echar la declaración para recuperar algo del dinero.
La conclusión es que es mejor fijar un tipo más alto un 12% y que suba automáticamente si pasamos de tramo. Y siempre pedir el borrador por si nos sale a devolver.
Y en tu empresa te dirán que no se puede porque no quieren trabajar.

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