Rescatar plan de pensiones siendo autónomo

Soy autónoma y tengo un plan de pensiones al que vengo aportando dinero desde hace unos 9 años. Ahora tengo muchos problemas económicos y debo dinero al banco y me parece que si esto sigue así no voy a poder afrontar las hipotecas que tengo con el banco. ¿Podría rescatar mi plan de pensiones?
Muchas gracias
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Respuesta
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Los planes de pensiones sólo pueden rescatarse cuando uno se jubila o ante supuestos excepcionales de liquidez recogidos en el Real Decreto que los regula (Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones). Este establece en su artículo 9.
"Los derechos consolidados en los planes de pensiones podrán hacerse efectivos en el supuesto de desempleo de larga duración siempre que los partícipes desempleados reúnan las siguientes condiciones:



1. Hallarse en situación legal de desempleo durante un período continuado de al menos 12 meses.
Se consideran situaciones legales de desempleo los supuestos de extinción de la relación laboral o administrativa y suspensión del contrato de trabajo contemplados como tales situaciones legales de desempleo en el artículo 208.1.1 y 2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y normas complementarias y de desarrollo.



2. No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones.



3. Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal u organismo público competente como demandante de empleo en el momento de la solicitud.



4. En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales, el plan de pensiones podrá prever la facultad del partícipe de hacer efectivos sus derechos consolidados cuando figure como demandante de empleo de forma ininterrumpida durante los 12 meses anteriores a la solicitud. "
Deberías comprobar si tu plan prevé esta posibilidad y sino buscar alguno que lo haga y trasladar tus derechos consolidados. Entendiendo que después nada te impide darte de alta como demandante de empleo aunque tendrás que esperar 12 meses para poder solicitarlo.
Espero haberte servido de ayuda,
www.reclamaconbancaria.com

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