Contrato para compra futura de vivienda de 2ª mano

La pregunta en cuestión es que me dispongo a comprar una vivienda de 2ªmano, la cual es de vpo, pero con el plazo para posibilitar su venta como libre alcanzado. El caso es que los dueños actuales, no abandonaran la vivienda hasta agosto, y me solicitan el realizar un contrato o darles una señal en concepto de reserva. ¿Cuál es la opción que debo seguir? ¿Es necesario acudir a un notario para realizar este tramite? Caso de que si lo sea, los gastos ¿corresponderán a los actuales dueños, que son los interesados en realizarlo?
También me encuentro en la situación de elegir la forma de escriturar, ya que si escrituramos como VPO obtendremos más ayudas, pero solo alcanzaría la hipoteca hasta el 80% del valor del piso, con lo que el resto tendría que ser un préstamo personal con los consecuentes gastos, ¿merece la pena escriturar como VPO en el caso de una vivienda de 2ª mano? ¿O por el contrario dados los gastos que conlleva y al tratarse de una vivienda ya construida es preferible solicitar una hipoteca libre y evitar gastos?

1 Respuesta

Respuesta
1
En relación a la primera pregunta debes hacer un contrato privado de arras donde entregas una cantidad y pactas que la escritura en el notario de la compraventa se firmará pasados por meses ( pactas para después de agosto) si llegado el momento no quieren vender pues ellos tienen que devolverte el doble o tu no quieres comprar pues tu pierdes las arras.
Para este tramite no debes acudir a ningún notario, cualquier abogado te lo puede gestionar .
En cuanto a la segunda opción si la vivienda es libre pues ya ha pasado el plazo la hipoteca también debe serlo, además a nivel de impuestos no te ahorras nada, ni de gastos de notario ni registro.
Si llegado el momento no quisieran dejar la vivienda, por por motivo y te pidieran alargar el plazo de la firma de la escritura, debes pactar en ese contrato una penalización, no se si tu actualmente pagas hipoteca de otra vivienda o alquiler, puedes alegar que te esta generando unos gastos que a partir de agosto en por proporción van a asumir los vendedores si no se escritura .

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas