¿Cómo donar el 1% a mi esposa siendo gananciales?

Mi esposa y yo tenemos régimen de gananciales, tenemos una vivienda al 50 %. Por mi trabajo, a mi me dan unas ayudas económicas bastante considerables para la compra de una vivienda siempre y cuando no disponga de la titularidad de otra vivienda al 50 %. Estamos pensando en comprar otra vivienda, y me gustaría saber el procedimiento a seguir para cambiar la proporción en las escrituras. También decir que tenemos un hijo de 4 años y nos planteamos el cederle a él un 1% así no sería yo propietario del 50 %

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Casado en gananciales no puedes pasarle nada a tu esposa, puesto que ya es suyo. Lo que deberíais hacer y lo que os ahorraría problemas seria separación de bienes, y pasar parte de participación a tu mujer. De todas formas ya que sea una cosa u otra lo tendrá que hacer un notario, yo personalmente acudiría a uno a que me asesorara la mejor forma de hacerlo y la más barata. También podrías donarle ese 50% a tu hijo, ya que vas a tener otra vivienda, pero esto puede ser un problema igual que si le cedes un 1%, si en un futuro quieres vender o algo así. Como lo que vas a hacer ahora sera para siempre mejor informate de todos los pros y los contras en el notario.
Hola Aurora 123,
Muchas gracias por la respuesta. Me gustaría saber si variando las escrituras de la vivienda que ya posemos (ella 51% yo 49%) y pagando el modelo 651 (impuesto de sucesiones o donaciones) resido en Madrid y creo que aquí esta exento seria suficiente. Hablo de escriturar de nuevo.
Un saludo y gracias de antemano
Todo depende de lo que estipule exactamente los requisitos de esa ayuda. Si estas casado a régimen de gananciales, lo tuyo y lo de tu mujer son lo mismo. Es decir aunque tu mujer no apareciera en la escritura de la vivienda si el régimen del matrimonio es gananciales seria suya igualmente. Así que si el único requisito es no tener el 100% de una propiedad o menos del 50% de la misma, pongas como lo pongas en la escritura seguirás teniendo ese 50% ya que el régimen es gananciales y todo es de los dos a partes iguales, no se si me explico. No se exactamente cual es el requisito de esa ayuda, pero miralo bien, no creo que modificando la escritura cambie nada a no ser que hicierais separación de bienes. En ese caso podríais firmar en la notaria capitulaciones (separar los bienes) y en ese mismo momento cambiar la participación sobre la escritura, bien como compra venta o si el notario tiene alguna idea mejor para ahorraros gastos que te diga. Legalmente una sociedad de gananciales, es la mitad para cada uno sea quien sea el que lo compra o el que aparece en la escritura, puesto que el que adquiere es la sociedad ganancial, no la persona de forma privativa.
Hola Aurora 123.
Muchas gracias de nuevo. He extraído el requisito para este tipo de ayuda.
"En ningún caso, el solicitante podrá ser titular de otra vivienda en un porcentaje igual o superior al 50%."
A la hora de pedir la ayuda te piden una declaración jurada de ello.
Un saludo
En ese caso la solución más rápida y más barata es que hagáis separación de bienes, en ese mismo tramite pones a tu mujer con un porcentaje de un 55% por ejemplo y un 45% para ti. Tal y como estáis puesto que vuestro régimen es gananciales tu posees un 50% de todo, lo pongas como lo pongas y hagas lo que hagas. Deberás hacer una declaración jurada de que no posees ese 50% cuando si lo posees. Luego no se si pueden reclamarte la ayuda o meterte en líos, por eso antes de hacer nada hazlo bien. Una separación de bienes es rápida y si mantenéis todo de igual manera menos el porcentaje del piso prácticamente es igual que estáis ahora. Después pasado el tiempo si queréis podéis arreglar lo del nuevo piso separándolo también o volviendo a gananciales. Es lo que yo haría, en realidad yo prefiero un régimen de separación de bienes a uno ganancial.

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