Bienes gananciales y escriturar vivienda

Mi pareja y yo formalizamos nuestra relación como pareja de hecho, hace ya diez años, y con régimen de bienes gananciales. Ahora vamos a escriturar la vivienda que hemos comprado. Y mi sorpresa ha sido cuando la promotora nos ha llamado para preguntarnos que en porcentaje queremos escriturar. Supongo que lo lógico sería un 50 % cada uno. Pero Supongamos que preferimos que uno de los dos tenga un 75 y el otro un 25, con el régimen en gananciales, ¿cambia algo en caso de que nos separásemos? Que prevalece, ¿el régimen económico de la pareja o bien el porcentaje en que se ha escriturado? No hay hijos comunes de la pareja, yo tengo dos hijas pero son de una relación anterior.

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Estas en un error. Si no hay matrimonio no puede haber gananciales.
Quien mejor te lo explicará será el Notario cuando vayas a escriturar.
Entonces vas a comprar junto con otra persona que legalmente no hay ningún vínculo matrimonial y por ello le podéis decir al Notario que escriture a nombre de uno, de otro, el 50%, o el 25%, lo que queráis.
A efectos de que posteriormente os separéis y uno quiera comprar su parte al otro, habrá que estar a lo manifestado en la escritura para ver que porcentaje le compras o le vendes o te quedas de una venta a un tercero
Muchas gracias por la aclaración. La verdad es que cuando fuimos a firmar lo de pareja de hecho recuerdo que nos preguntaron algo sobre reparto de bienes, y como no teníamos nada y realmente no teníamos muy claro lo que era lo de las parejas de hecho, dijimos que no a la separación de bienes. Y para saber a que tipo de régimen esta sujeta la pareja de hecho ¿hay algún registro al que acudir? Nosotros somos de Guipúzcoa, que el tema de las parejas de hecho varía según la utonomía. Muchas gracias por tu anterior respuesta tan rápida. Y no te molesto más, para poder finalizar y puntuar la respuesta cuanto antes, gracias.
En la ley vasca de parejas de hecho, que desconozco, pero seguro que no dice nada que al nacer la pareja de hecho, nace el régimen de gananciales, como si lo dice el Código Civil respecto del matrimonio (civil o canónico)
De todas formas, a la hora de escriturar, se lo comentas al Notario que son los que más saben.
Muchas gracias por tu ayuda. Antes de ir al notario, los de la promotora quieren saber el porcentaje en que queremos ponerlo, así que quizás lo mejor será ponerme en contacto con el banco que nos va a llevar lo de la hipoteca, que supongo que trabajará con alguno en concreto y se lo comento. Muchas gracias de nuevo. Has sido muy amable.

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