Reclamación de prima

¿Se podría alegar algo en caso de que la Aseguradora te reclame el pago de unas primas debidas por no respetar el plazo de preaviso de 2 meses para la rescisión del contrato de seguro?
Muchas gracias

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Con la ley en la mano, y si no has hecho escrito de rescisión de contrato con 2 meses de antelación, la aseguradora te puede reclamar esas primas.
Ahora bien, desconozco la cuantía de las mismas, normalmente una Cía. no suele reclamar por primas inferiores a 600 euros, o por primas derivadas del seguro de automóviles.
Ante esta situación, yo veo 2 alternativas.
La primera, si era un seguro mediado por un agente o corredor, ponte en contacto con el y que te lo solucione, si tiene buena relación con la Cía. no te harán la reclamación.
La segunda opción, si la primera no es el caso, es hacer un escrito a la Cía. en el que indiques que no has efectuado pago de la prima por desaparición del riesgo (a ver si cuela). A lo mejor con eso es suficiente.
Otra solución es que mires el condicionado particular de la póliza que tenías, con el nuevo suplemento, a ver si alguna de las clausulas han tenido alguna modificación (cambio de franquicias, alguna cobertura distinta, aumento de prima por encima del ipc. Y no pactada de antemano...). Si ocurre alguna de estas opciones, y no tuviste comunicación con 2 meses de adelanto por parte de la Cía. de que iba a haber un cambio de las condiciones particulares, puedes perfectamente hacer un escrito alegando este hecho.
Espero haberte ayudado, y que alguna de la casuística que aquí te indico se te dé.
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