Accidente de tráfico

Buenos días, he tenido un accidente de tráfico en que el culpable se va a hacer cargo de todo.
Tengo varias lesiones temporales muy molestas (brazo, cuello y espalda) que me impiden ir a trabajar por lo que sé que tengo derecho a una indemnización por cada día de baja. Mi pregunta es la siguiente: ¿Tengo derecho además a otra indemnización por cada lesión o quedan éstas incluidas en la que te ofrecen por día no trabajado?
Además han dado a mi coche siniestro total. Yo me lo compré de ocasión con 8 meses y todavía no ha pasado un año. ¿Tengo derecho al valor del coche totalmente nuevo? ¿Me puede quitar mi compañía la franquicia de mi seguro si yo no soy el responsable?
Gracias por vuestro tiempo y un saludo.
Respuesta
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Con respecto a las lesiones:
Se valoran los días de baja hasta la recuperación total y se computan de distinta forma en fusión de que sean, por hospitalización, baja impeditiva o baja no impeditiva. Si transurre un año sin que tengas la recuperación total o con anterioridad el médico considera que has terminado con el periodo de recuperación y no se puede hacer más, entonces de darán el alta con secuelas. Esas secuelas tienen una valoración. Lo normal es que tu compañía te asesore y defienda en el momento de reclamar la indemnización por las bajas a la otra Cía.
Con respecto a los daños materiales de tu vehículo, puedes exigir la reparación del mismo pero eso te obligará a repararlo. Si no te interesa, localiza otro vehículo de segunda mano cuyo valor se encuentre entre el que te ofrecen por siniestro total y el de la reparación, casi con toda seguridad tu Cía. accederá a indemnizarte por ese precio. Nunca podrás exigir el valor de nuevo del vehículo ni siquiera en un juzgado.
Con respecto a la franquicia, solo te la pueden reclamar si reparas o te indemnizan antes de tener la aceptación de culpa de la otra Cía. y eso querría decir que te atineden por la cobertura de tu póliza. De cualquier forma, esa franquicia deberían devolvértela una vez aceptada la culpa por la otra Cía.
Mi consejo es que esperes a la conformidad de la otra cía. ya que el ser atendido por tu cobertura de daños te obligaría a aceptar la franquicia y el valor venal de tu coche según contrato.

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