Gastos de Abogado

Mi duda es que hace un año, le dieron un golpe al vehículo que conducía mi hermana y mis suegros iban de acompañantes. Después de varios meses los vio el forense, valoró lesiones y mi hermana no estaba de acuerdo, por lo que se ha buscado un abogado y va a juicio. Por otra parte, mis suegros no quieren más problemas y han aceptado la indemnización que le han dado. Mi sorpresa es que al entregarles los cheques, han tenido que pagar una factura de 2.000 Euros del abogado de la compañía, que ha llevado el caso, sin juicio ni nada.
¿Esto no debería pagarlo la compañía de seguros?. Si es así, ¿Cómo y a quien se reclama este dinero?. Aunque el abogado ya ha cobrado, ¿Se puede consultar este tema con este abogado? ¿Y pedirle que desglose el total del dinero que se ha abonado?

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Si el abogado ha sido nombrado por la Cía. no tendríais que haber abonado nada.
Lo primero que tenéis que hacer es presentar una queja en la Cía. de ésta manera sabréis si ellos son conscientes de que el abogado os ha cobrado. Por otra parte, es obligación de cualquier profesional desglosar todos los conceptos por los que se cobra una minuta, quiere decir que si este se niega, podéis ir a la oficina del consumidor y denunciar el caso para que le obliguen a explicarse. Si existiera negligencia por su parte o abuso, se le podría denunciar en el Colegio de Abogados.
Gracias por tu respuesta. En el caso de mis suegros, este abgado que les ha cobrado, es el que le puso al principio la Cia. y ellos le firmaron un poder para que les llevera su caso. En el caso de mi hermana, al no estar de acuerdo, le retiró este poder para dárselo a otro.
El desglose del dinero, me refería a la indemnización que les han dado, para saber cuanto corresponde a las lesiones, secuelas, facturas, etc. Si una vez que le han pagado a este abogado, debe atenderlos para aclararles estas dudas. Gracias
Gracias por todo
Entiendo que no solo el abogado está obligado a informaros sobre los conceptos por los que os han indemnizado, vuestra compañía de seguros os debe asesorar igualmente. A ambos les habéis pagado por lo que estáis en derecho de exigir.
Si ha sido un acuerdo amistoso os deben indicar en que conceptos, y debéis saber que para un acuerdo amistoso no era necesario un abogado, la compañía debería haber tramitado el asunto con la Cía. contraria y en caso de desacuerdo es cuando se recurre a un letrado para presentar la demanda y reclamar por el juzgado. Si hubiera sido una indemnización por sentencia judicial, con que os faciliten la sentencia es suficiente, en ella se expresan todos los conceptos.
El poder siempre es necesario para que se os represente pero es muy raro que la Cía. no se haga cargo de la minuta del letrado. Solo en el caso de tener el seguro con el Consorcio de Compensación de Seguros, que es la Cía. del Estado, no se tiene contratada la defensa y reclamación de daños. Cuando uno nombra su propio letrado y no hay acciones judiciales, la minuta no te la paga la compañía. No puede hacerse un acuerdo extrajudicial, para eso no hace falta letrado.

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