El seguro de vida: (clausula de indisputabilidad)
Cuando se contrata un seguro de Vida, (fallecimiento e invalidez) y pasado un año desde la fecha de la contratación del mismo ;el asegurado enferma, es decir, en el supuesto de que tuviese dicha enfermedad antes de solicitar dicho seguro y el tuviera conocimiento de la
misma ¿la Cia podría rescindirle el contrato de seguro de vida aunque haya pasado más de 1 año? ¿Y en el caso de que el asegurado no fuese consciente de dicha enfermedad?
(Supongamos que es una enfermedad terminal )
y por último el asegurado en el primer año enferma repentinamente al no haber transcurrido un año y este supuesto fallece por una enfermedad que se inicia a partir
del 2º mes por ejemplo, (¿sin qué el asegurado sea consciente) le cubre el Fallecimiento
en este caso?
misma ¿la Cia podría rescindirle el contrato de seguro de vida aunque haya pasado más de 1 año? ¿Y en el caso de que el asegurado no fuese consciente de dicha enfermedad?
(Supongamos que es una enfermedad terminal )
y por último el asegurado en el primer año enferma repentinamente al no haber transcurrido un año y este supuesto fallece por una enfermedad que se inicia a partir
del 2º mes por ejemplo, (¿sin qué el asegurado sea consciente) le cubre el Fallecimiento
en este caso?
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Respuesta de jchebib
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