Seguros de vida colectivos

Hola mi pregunta los seguros de vida colectivos los declaramos en retribución en especie los trabajadores pero se puede rescatar el capital el trabajador, ¿o traspasarlo a un plan de jubilación? Si mi empresa me imputa la prima del seguro si me desvinculo de la empresa
Pierdo esa póliza ¿? ¿Si el colectivo de trabajadores les imputan la prima de la póliza por que el más joven ingresa menos que el más mayor y en caso de accidente el capital cobrarían lo mismo los dos? Son obligatorios los seguros de vida colectivos para la empresa no tienen las empresa un seguro de responsabilidad civil, que tenga el mismo servicio, que tipos de seguros de vida son los que las empresas hacen a los trabajadores,

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Primero, un seguro de vida no tiene que ver con un seguro de jubilación son cosas distintas; el primero da un capital en caso de fallecimiento y si no no da nada, y el otro es un seguro de ahorro, por el que se va metiendo dinero y cuando uno se jubila lo cobra o si se muere lo cobnran los herederos.
Segundo, según el sector en que se trabaje los convenios colectivos obligan o no a la empresa a contratar un seguro de vida, accidentes, responsabilidad civil o lo que sea.
Si es un seguro de vida y te desvinculas de la empresa te dan de baja y punto, no queda capital porque es de vida. Si es un plan de pensiones entonces sí quedaría para ti lo que la empresa haya ido aportando.
Creo que te he contestado todo

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