Avería cañerías

Hola vivo en una casa unifamiliar que compre de segundamano hace algún tiempo la cual tiene las cañerías de hierro. Ahora se me ha producido una avería en una de las cañerías con lo que tengo una pequeña fuga. He llamado a mi seguro de vivienda y me han dicho que al tener las cañerías de hierro no me cubre con lo que me dan una cantidad de dinero pequeña y me dicen que me la arregle yo.
Mi pregunta es ¿es verdad que no están obligados a pagar la reparación?. Yo no lo veo muy normal ya que cuando contrate el seguro de vivienda de la casa ya sabían que la compre de segundamano.
Feliz año nuevo y muchas gracias por tu respuesta de antemano y perdona por las molestias
                                            Jose María
Respuesta
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José María:
Lo normal es que las Compañías de Seguros no se hagan cargo de las reparaciones debidas a falta evidente de mantenimiento de las instalaciones. Para ello suelen insertar una serie de clausulas en las pólizas. De esta forma tratan de evitar que, instalaciones que puedan estar en mal estado, por su antigüedad, su falta de mantenimiento o, simplemente su uso prolongado, sean reparadas por parte de la compañía sin coste para el asegurado, cuando, en realidad, son averías que podían existir de antemano.
Sin embargo, decirle por teléfono que puesto que se trata de una tubería de hierro no tiene cobertura es absurdo y abusivo. Deben acudir al lugar del siniestro a comprobar la causa. Y, salvo que en la póliza aparezca claramente una exclusión a instalaciones de ese tipo de material, al menos deberían cubrirle una primera reparación para solventar el problema. Si las averías se reproducen de forma habitual, entonces es probable que acaben excluyéndole la cobertura por una evidente falta de mantenimiento y mal estado, amparándose en la cláusula que le indico arriba.
Pero al menos, lo mínimo que se espera es que acuda un perito o un reparador a verificar el estado de las tuberías. Exíjalo así por escrito ante su compañía y si no le atienden de primeras con ese escrito, acuda al Servicio de Atención al Cliente de la entidad, donde, por ley, están obligados a darle una respuesta.

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