Dos pólizas de defunción en diferentes aseguradoras

Un familiar mío falleció en julio por muerte natural e inesperada. Era soltero, sin hijos, vivía sólo. Revisando sus documentos encontramos una póliza de defunción en una compañía que se hizo cargo correctamente del sepelio. Posteriormente, en un registro más exhaustivo de sus documentos, encontramos otra póliza de defunción contratada más reciente, conjuntamente con el seguro del hogar. La aseguradora que se hizo cargo del sepelio afirma que esta segunda compañía tiene que indemnizar a los herederos con el importe íntegro de la póliza de defunción que contrató mi familiar, mientras que ésta afirma que sólo está obligada a devolver las cuotas que, por el mismo motivo, abonó hasta la fecha de su muerte. ¿Quién está en lo cierto?...

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El seguro de Decesos no es mi fuerte (de hecho no lo conozco), no obstante, en mi opinión y salvo error por mi parte... entiendo que ninguna está en lo cierto.

En mi opinión, salvo pacto en contrario en póliza, la aseguradora que se hizo cargo del sepelio podrá repetir contra la otra aseguradora la parte proporcional que a ésta le hubiese correspondido.

A modo ejemplo, en igualdad de condiciones de cobertura por ambas pólizas la aseguradora que se hizo cargo del sepelio podría repetir el 50% de los gastos a la otra aseguradora.

En pocas palabras, cada aseguradora sería asegurador de la proporción que aseguraba, sin que la suma de ambas pueda exceder del valor del coste de los hechos acontecidos y cubiertos.

Lo anterior se fundamenta en el Artº32 de la Ley 50/80 de contrato de seguro.

Seguidamente transcribo los conceptos básicos de aplicación:

"Los aseguradores contribuirán al abono de la indemnización en proporción a la propia suma asegurada, sin que pueda superarse la cuantía del daño"

"El asegurador que ha pagado una cantidad superior a la que proporcionalmente le corresponda podrá repetir contra el resto de los aseguradores."

Por consiguiente, si estoy en lo cierto (a criterio de Ud.), le sale a cuenta aceptar la oferta de la otra aseguradora y que, por lo menos, le devuelvan las cuotas.

Si no está convencido, descarte o pregunte de nuevo

Suerte.

Cris.

Gracias por responder. Eso ya lo pregunté en la primera aseguradora y me dijeron que ellos, en ningún caso, van a reclamar importe alguno a la segunda aseguradora, puesto que mi hermano contrató con ellos la póliza de defunción y es lo que han cumplido, e insisten en que la segunda aseguradora tiene que reintegrar el importe íntegro contratado por el fallecido a sus herederos. De hecho, en la primera comunicación que les hice, así me lo aseguraron ellos mismos también, aunque ahora parece que se lo están replanteando (o sea, mareándome). De todas formas, muchas gracias por su aportación.

Suerte.

(Finalice conversación cerrando el tema.

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