Cobertura gastos y culpabilidad en accid. Tráfico

Tuve un accidente hace unos días. Vino policía local, levantó atestado. YO ni leí atestado, ni se me dijo que lo firmara, ni tengo copia del mismo. No sé si este es el procedimiento normal.
Se me citó para juicio rápido, vía penal, en calidad de damnificada. Previo al juicio, me busqué un abogado particular, renunciando a la asesoría jurídica de mi seguro.
Mi abogado particular, renuncia al juicio y la vía penal, nos hace firmar una renuncia, y dice que tomará la vía civil y que nos reservamos las acciones. Me aconseja una clínica de rehabilitación privada, a la que he empezado a ir. No tengo informe de médico de seguridad social que diga que necesito rehabilitación, solo un parte de urgencias del día del accidente, donde tampoco se prescribe rehabilitación.
Mi pregunta es, que seguridad tenemos, de que declararán al conductor ebrio culplable, ¿y de que mi seguro cubrirá los daños materiales, rehabilitación, abogado particular, etc?
Si mi abogado no dispone del atestado (¿?), ¿Cómo está tan seguro que ganaré? ¿Quién se pronuncia sobre la culpabilidad del siniestro? Porque esta declaración de culpabilidad, será lo que me de tranquilidad sobre quién pagará gastos. ¿Qué perito se supone que tiene que venir a ver mi coche siniestrado? ¿El perito de mi seguro o el seguro contrario?
¿Qué quiere significa tomar en este caso la vía civil, traducida a acciones? ¿Qué beneficios presenta tomar esta vía, respecto a la penal?
Gracias
{"Lat":36.5296879,"Lng":-6.2926569}

1 Respuesta

Respuesta
1
Para mi la vía penal es más rápida que la civil, si el hombre dio alcoholemia seguramente que el fiscal intervenga por lo penal.
No tengas miedo por lo del atestado, ya que tardan un tiempo en elaborarlo y tu abogado lo tiene que sacar.
Aunque el contrario haya dado alcoholemia tu lo tienes cubierto, ya que el seguro obligatorio de su coche no tiene ninguna exclusión de alcoholemia.
Mi consejo es que hables con la cia contraria y que te atienda las lesiones, te pague los días de baja y puntos de secuela que te puedan quedar y evita el juicio, te saldrá dentro de 1 año y de esta otra manera lo solucionas más rápido.
Si has cogido un abogado que no es de la compañía te aconsejo que veas el límite que tienes en defensa jurídica con tu póliza y dile a tu abogado que te diga lo que va a cobrar, cuanto más dure el tema más cobra el. Por eso seguramente no quiera desistir del juicio y negociar con la cia contraria.
Espero que te sirva, si tienes alguna duda más me lo dices.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas