El trámite realizado por las partes (Ud., la aseguradora del perjudicado, y la aseguradora de Ud.) hasta aquí, son correctos.
Se hacen así en aplicación de los convenios interCias denominados cide-ascide.
Para mejor aclaración le diré que a través de dichos convenios se establece que una vez que su aseguradora (la de Ud.) acepta la reclamación a la Aseguradora contraria, será la aseguradora contraria la que se encargará de peritar e indemnizar a su cliente (es decir, al contrario perjudicado).
Todo se ha hecho bien y todo ha seguido su curso normal hasta que ha intervenido el perito (de la Cía contraria).
Ahora debemos analizar la intervención pericial.
Un perito, en principio debe ser imparcial y objetivo, pero todos sabemos que le pesa más la pierna que le paga.
El trabajo del perito es constatar y comprobar la ocurrencia del siniestro, la correlación de los daños ocasionados, el valor de los mismos, y otras cosas.
En este caso, el perito ha determinado que los daños frontales del vehículo perjudicado son muy elevados, y por ello no da su conformidad.
Lo que hace el perito está dentro de lo que podemos considerar su trabajo, por tanto, lo que demos cuestionar es si está haciendo bien o mal su trabajo.
En mi opinión, creo que un perito se aventura mucho, tal vez demasiado, en determinar que unos daños frontales son excesivos sin haber comprobado los daños traseros de quien los ha ocasionado... entonces la pregunta es... ¿ha comprobado el perito los daños traseros de Ud.?.
Sin querer profundizar mucho más, pues todo serían hipótesis sin fundamento, creo que si el perito no ha establecido la correlación de daños entre ambos vehículos y se ha limitado a considerar unos daños como excesivos sin comprobar los otros, creo que se está colando.
Por otro lado, si el perito ha comprobado AMBOS daños y sigue determinando que no existe correlación entre ellos, sus razones técnicas tendrá, pero sólo podrán ser cuestionadas bajo nuevos criterios técnicos.
Si tanto interés tiene en facilitar la reparación del contrario, ofrézcase a facilitarle la reclamación y la discrepancia pericial.
Para ello, puede facilitarle Ud. fotos de sus daños, e incluso copia de la factura.
Pero... ¿quién dice que el contrario no está reclamando más de lo que realmente se produjo en el siniestro, y tal vez resulte que el perito tiene razón?.
Si por ejemplo el contrario reclama 3.000 euros de daños frontales, y Ud. tiene solamente el parachoques roto... ¿no cree que el contrario reclama un importe excesivo?
Pues tal vez eso cree el perito. Pero sin datos, poco podemos opinar desde aquí.
Para aclararlo, hable con el contrario. Pregúntele que daños sufrió su vehículo y de qué importe hablamos (verifique las piezas dañadas en la factura).
Luego enséñele Ud. las fotos y la factura de sus daños traseros.
Si razonablemente AMBOS pueden establecer una razonable correlación de daños por dicha supuesta colisión, el contrario podrá documentarlo y discutirlo con su perito y su aseguradora, porque caso contrario, lo tendrá difícil.
Si todo eso no funciona, lo único que puede hacer Ud. es invitar al perjudicado a que interponga una demanda contra Ud. y contra la aseguradora de Ud.; diciéndole que Ud. le ayudará todo cuanto pueda diciendo la verdad, pero haciéndole entender que Ud. no tiene la culpa de la situación.
Suerte.
Cris.