Me reclaman antigua deuda de mi padre ya fallecido

Soy propietaria de la nuda propiedad donde mi madre vive en la actualidad.
Ella avaló hace más de 20 años, un préstamo bancario a mi padre ya fallecido y ahora me reclaman a mí el pago de esta deuda bancaria a través del embargo del 100% de la nuda propiedad.
Perdón por mi ignorancia, ¿qué significa esto? ¿Es esto legal? ¿Qué debo hacer?. Me apremian constantemente con citaciones legales y ahora me piden que presente una nota simple de dicha propiedad.

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Estimada Antonia:
           Si vd percibio la nuda propiedad de la vivienda donde actualmente vive su madre por herencia de su padre, entonces el banco tiene todo el derecho de embargarle puesto que es legal que, al aceptar la herencia de alguien, en este caso de tu padre, se haga con todos los derechos(la propiedad de la casa) y obligaciones (todas sus deudas pendientes). Seas o no seas hija unica, el banco tiene derecho a recuperar esa deuda de tu padre del total montante de su herencia como mejor le parezca.
Solo se salvaría del embargo si puede demostrar que esa vivienda no la obtuvo por herencia de sus padres, es decir,
por compraventa a sus padres o a otra persona
por herencia de otra persona que no sean sus padres
            Si necesita más aclaraciones no dude en preguntarme
Gracias, la vivienda la compró mi madre estando mi padre ya fallecido y la puso a mi nombre. ¿En este caso qué puedo hacer?
En verdad que esté a mi nombre no me ha traído más que problemas, pero así es su deseo queriéndose asegurar que no me falte un techo cuando ella muera.
Agradezco cualquier indicación de actuación legal si es el caso
Muchas Gracias
Estimada Antonia:
                       La intención de su madre fue excelente. Al poner el piso a su solo nombre, es decir, al regalárselo, no pueden embargárselo, ya que el bien a embargar, es decir, la vivienda, no esta a nombre de quien avalo el préstamo, su madre. Ahora bien, el banco tiene todo el derecho a embargar a su madre los bienes que ella posea a su nombre para cobrarse el préstamo.
Hay unicamente una salvedad, que el préstamo que en su día pidió su padre y que luego avalo su madre tuviera como garantía la vivienda, pero si, como vd dice, esa vivienda la compro su madre cuando su padre ya había fallecido, no puede ser la misma.
Recomiendo asimismo para ampliar aclaraciones legales que reenvíe esta pregunta a un experto en temas legales de esta misma página de todoexpertos.

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