¿Algún abogado experto en reclamación de deuda sabría decirme si un pagaré sobre el que se haya anotado alguna inscripción puede considerarse como no válido a la hora de reclamarlo? ¿En qué legislación lo puedo encontrar?
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Respuesta de jemilio
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jemilio, He trabajado más de 30 años en un banco, conozco los pormenores...
¿Me puedes decir que tipo de inscripción lleva el pagaré? ¿Se ha modificado el texto original del mismo? Dime de que clase de pagaré se trata, ¿de cuenta corriente?
Se trata de un pagaré para abonar en cuenta que es firmado por el apoderado de una empresa y sobre el que el banco ha anotado el nombre del librado (empresa) en el margen izquierdo inferior del pagare a efectos de conocer quien es el librado. Varios pagares emitidos por este librado me han resultado devueltos (de diferentes entidades), por estar el librado en concurso. Hemos negociado con el abogado de la otra parte y hemos llegado al acuerdo de que los iba a asumir el apoderado que es el que los firmaba como representante pero cuando vieron que el pagare original descontado en una de las entidades contenía una inscripción, no han querido hacerse cargo de el. Lo que me gustaría saber es que responsabilidad tiene el banco(si la tiene) y en que ley me podía basar. Sin entender demasiado de leyes he estado buscando y en la única en la que encuentro alguna referencia es en la ley 19/1985 Ley cambiaría y del cheque pero que no se interpretar porque realmente no supone una alteración del texto sino más bien una anotación. Por eso pedía consejo de un experto. Muchas gracias
No te puedo contestar con conocimiento de leyes, sino por lo que la experiencia me ha enseñado. Como puedes comprender, los que tienen que pagar se acogerán a cualquier pretexto para no pagar, más teniendo en cuenta que el apoderado se está haciendo cargo de los pagarés firmados por él, no porque la ley le obligue, sino por voluntad propia. Es normal que se hagan anotaciones en el reverso del documento para aclarar lo que tu comentas, lo que no es tan normal es que se haga en el anverso. ¿Le puedes pedir responsabilidad al banco? No lo creo porque el pagaré no ha perdido fuerza, es decir, no has sido perjudicado por el banco Con el documento en cuestión puedes reclamar la deuda, pero formando parte de la masa de acreedores, puesto que no te lo pagan por voluntad propia. Te quiero decir con ello que una cosa es que el pagaré no tenga fuerza cambiaría (la tiene) y otra que no te lo quieran pagar, por no estar obligados legalmente a hacerlo. Yo en tu lugar, insistiría e intentaría cobrarlo a buenas, puesto que a malas te pondrás a la cola de los acreedores. Intentalo con buenas palabras, llora, dales lástima, ... intenta llegar a un acuerdo con ellos.