Nulidad

Muchísimas gracias Antonio ! Espero ser libre de nuevo; esto ha sido demasiado fuerte para mi familia y sobre todo, para mi. GRACIAS por tu respuesta !

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Claro que puedes solicitar la nulidad, mejor si tienes pruebas o testigos.
En http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com
Puedes consultar información más completa que aquí no cabe.
Es necesario acudir a un abogado
Por ejemplo, en cuanto a la cuestión monetaria, que la tramitación de una causa de nulidad matrimonial será más o menos cara dependiendo del Letrado que se escoja para que se haga cargo de la misma y de sus honorarios.
Es decir, los Tribunales eclesiásticos españoles gozan dé unas tasas fijas que por lo tanto cobran a todo aquél que inicie su causa, independientemente de cómo se llamen o la fortuna que posean.
Incluso a este respecto, es preciso indicar que es posible solicitar la tramitación de la nulidad de oficio, siempre que se acredite que no se poseen bienes para litigar.
En tal caso se concede la Justicia Gratuita: no se abona al Tribunal cantidad alguna y se le asigna abogado y procurador de oficio, que tampoco cobran nada por la tramitación.
Y no sólo eso, sino que se prevé también la reducción en las costas del proceso, es decir, en caso de que la situación económica de la persona lo requiera, se establece una reducción del 50 % en las tasas y honorarios de abogado y procurador.
Por lo tanto, no es necesario abonar cantidades desorbitadas para conseguir la nulidad.
¿Cómo se tramita la Nulidad eclesiástica?
En primer lugar hay que dirigirse a un abogado, el cual, tras analizar las posibles causas a aducir presentará la correspondiente demanda, se da traslado a la parte demandada para que alegue lo conveniente, se procede a la fase probatoria, alegaciones y fase decisoria o Sentencia.
Para obtener la declaración de nulidad es necesario que se dicten DOS sentencias conformes por Tribunales Eclesiásticos.
Es decir, tras el fallo del de Primera Instancia, debe resolver el de Apelación necesariamente.
Si el de primera instancia resuelve la nulidad y el de segunda instancia no, es necesario acudir al Tribual de la Rota de Madrid (en el caso de España) que deshace el empate.
Causas de Nulidad:
1.- Defectos de forma: por ejemplo, la no presencia de testigos, ya que la Iglesia exige dos como mínimo
2.- Impedimentos: edad, impotencia, vínculo (uno ya casado), disparidad de cultos, Orden sagrado de uno de los contrayentes, votos, rapto, crimen y parentesco
3.- Consentimiento: si no se presta o se hace forma incompleta (coacciones, etc)
Un abrazo
Antonio

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