Separación pareja de echo

Tengo un problema que no se como solucionar espero que me ayudes.
Soy de Madrid, llevo con mi pareja desde hace 13 años y después de 5 negándome cualquier cariño ha decidido que nos separemos, tengo dos niños, uno de 5 y otro de 7 años.
Me ha dicho que quiere que vendamos la casa, pero claro, yo no puedo seguir viviendo allí porque la situación es insostenible, me voy a Alicante en Enero a trabajar y asentarme aquí ya que no tengo familia (soy adoptado y mis padres adoptivos han fallecido). Somos pareja de echo y yo le he comentado que tendremos que ir a algún sitio no se, asistente social o lo que sea, para formalizar la separación, pero ella me ha dicho que no quiere ir a ningún sitio, amigos míos me han comentado que si yo me voy y no hacemos ningún papel me podría denunciar por abandono de hogar y claro, yo creo que si quiere ir a malas tanto de dinero como de régimen de visitas de los niños me puede ocasionar muchos problemas.
Mi pregunta es:
Si ella no quiere ir a ningún sitio, ¿yo qué tengo que hacer?
Me serias de gran ayuda si me contestas lo más urgente posible.
Respuesta
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Me decís que sois pareja de hecho, con lo cual no es necesario que os divorciéis.
Por otro lado no se si sois pareja de hecho registrada o sin registrar.
En cualquier caso, si sois pareja de hecho registrada deberéis acudir al registro con un escrito firmado por ambos diciendo que queréis dejar de serlo, y si no tendréis que formalizar un escrito ante notario para que tenga plena validez jurídica la separación.
En ambos casos debéis de regular en dicho escrito:
- Como vais a hacer la venta de la vivienda.
- Quien se va a quedar con la guarda y custodia de los hijos.
- Como va a ser el régimen de visitas.
- Como va a ser el reparto de bienes.
- Cual va a ser la pensión a pasar a los hijos por parte de quien no tenga la guarda y custodia.
- Y si va a existir algún tipo de pensión compensatoria del uno al otro.
Cuando tengáis esto fijado, me lo puedes enviar para que yo le de el visto bueno, y te lo envío correctamente redactado para que lo podáis formalizar ante notario y por escrito con vuestras firmas.
De esta manera no será necesario que acudáis a ningún sitio más que al registro de parejas de hecho y al notario en su caso.
Tenéis que atar previamente estos aspectos.
Se me olvidaba, no debes abandonar la vivienda hasta que la hayáis vendido u os la hayáis repartido ya que si no ella te puede denunciar por abandono del hogar. Se entiende por abandono si no apareces por allí durante al menos 2 semanas seguidas.

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En contestación a su consulta en nuestro criterio como abogdos de familia le aconsejamos presentar una demanda ante el Juzgado en solicitud de adopción de medidas referentes a hijo menor de edad (patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, uso de la vivienda familiar y pensión de alimentos). En caso de existir urgencia, puede presentar previamente a ello una demanda de medidas provisionales previas.
Es decir, para regular su situación ha de acudir a un procedimiento judicial, muy similar al de separación o divorcio, y todo ello teniendo en cuenta que existen hijos menores de edad.
Para más información
www.palominoabogados.com

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