Como escriturar vivienda de soltero

Tengo una duda que todavía no he conseguido resolverla, y es que tengo 29 años, estoy soltero y tengo pensamientos de comprarme una vivienda próximamente. La duda es como he de escriturar esa vivienda de cara a un posible divorcio en el futuro con hijos de por medio. He barajado la opción de escriturarla a nombre de mi madre con herencia directa hacia mi y también quedarme con el usufructo de tal inmueble. Que piensa de tal opción, cosas que debería tener en cuenta u otras alternativas que considere más ventajosas.
Respuesta
1
Tu puedes comprar la vivienda a nombre de quien tu quieras pero si no es al tuyo, no podrás desgravarte por la hipoteca si es que la hay, de todas formas, los derechos sobre una vivienda o propiedad se adquieren por el mero uso de ella, es decir, si mañana te casas y vives en esa casa, tu mujer adquirirá derechos sobre ella aun en el caso de que tengas separación de bienes hecha, y si ademas tienes hijos, ellos adquirirán derechos directos sobre ella por el mero hecho de ser su domicilio habitual.
Mi consejo es que ademas de comprarte tu casa como bien privativo tuyo y no aportado al matrimonio, adquiráis otra vivienda para vivir juntos, así siempre mantendrás tu vivienda anterior.
A ver, una posibilidad un poco extraña pero a ver si es viable:
Compro la vivienda a nombre mio y de mi madre, el usufructo para ella, herencia directa para mi. En ese caso me desgravaría hipoteca ya que figuro como copropietario.
Después, como el usufructo (derecho de uso) esta a nombre de mi madre, ella me hace un contrato de alquiler, con lo cual figuraría como inquilino. En ese caso, ¿también se adquieren derechos por el uso de una vivienda?
Perdón por darle muchas vueltas a la perdiz, pero debe haber alguna fórmula para evitar que te deje en la calle tu mujer.
Si no, sin ser copropietario, es decir no me desgravaría pero yo solo figuro en todos lados como el inquilino de esa vivienda (aunque curiosamente sea el hijo de la propietaria). ¿En ese caso...?
Vamos ha ver, no existen fórmulas mágicas, si solo adquieres el 50% solo podrás deducirte ese porcentaje y nada más, puedes otorgar el usufructo a tu madre de tu mitad de la nuda propiedad y también puede alquilarte esa mitad pero no la tuya, por lo tanto te dará lo mismo de cara a un divorcio, vuelvo repetirte que se adquieren derechos sobre la propiedad solo por el mero y simple hecho de la ocupación o uso de la misma.
Por ponerte un ejemplo, imaginate que el piso es de tu madre y os lo presta para vivir, luego os divorciáis con un hijo por en medio, tu mujer se quedaría con el uso de la casa por los hijos, así de sencillo.
En la ultima opción que planteas como inquilino puro y duro, seria lo mismo que lo anterior, solo que ademas debería abonar el alquiler.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas