Soy un hombre que vivo con mi actual pareja desde hace 5 años, fruto de esta relación tenemos una hija de 2 años. No estamos casados y el domicilio familiar es de mi entera propiedad el cual sigo pagando la correspondiente hipoteca. Mi pareja tiene un apartamento (1 dormitorio) que es de su propiedad y el cual está en alquiler actualmente, si mi pareja quisiera separarse y le dieran la custodia de nuestra hija ¿podría quedarse en mi casa y yo quedarme en la calle?
En tal caso ¿qué debería hacer legalmente para evitar esta situación? Como último recurso ¿podría vender la casa? ¿O ponerla a nombre de mi madre? ¿O incluso que uno de mis hermanos conviviera en mi casa?.
Lo primero que hay que saber es si su pareja, realmente podría ocupar su propia vivienda, es decir, como se ha hecho el contrato de alquiler y de cuando se haya hecho, pues el inquilino podría tener derecho a prórroga y por tanto, en ese caso su pareja lo que tiene, no es una posibilidad de vivienda sino unos ingresos por rentas. Suponiendo que su pareja pueda ocupar su propia vivienda (actualmente alquilada), lo normal es que si la vivienda reúne condiciones de habitabilidad para madre e hijo, la madre vaya a vivir a su propia vivienda con el hijo, que con dos años, no supone un gran trastorno, es decir el niño no se a enterar del cambio ni le va afectar en su desarrollo. No obstante, no sería descartable al 100 % que el uso de la vivienda actual se le atribuyese a la madre y al hijo común, pero si esto llegase a ocurrir, debería tener una repercusión muy importante en cuanto al importe de la pensión alimenticia, que sería mínima o ninguna, pues habría que considerar la renta del alquiler que percibe ella y el hecho de que Vd. ademas de pagar la hipoteca tendría que buscarse una vivienda. En fin, que pudiendo ocupar cada uno su vivienda, casi podría asegurarle que el uso de su vivienda sería para Vd. y que la madre se iría a su propia vivienda. Para asegurarse de que su pareja no se va a quedar en la vivienda de Vd. mientras Vd, se tiene que ir de alquiler y seguir pagando la hipoteca, lo mejor sería que la propiedad de la vivienda fuese de un tercero y que éste tercero os deje vivir en la misma en precario. Obviamente puede Vd. vender la vivienda, pero si la venta se produce después de haberse atribuido el uso a su pareja, el comprador no la podrá echar de la vivienda si inscribe dicha atribución del uso en el Registro de la propiedad. También puede donarla y en cuanto a lo de que su hermano pueda ir a vivir, desde luego que puede hacerlo, si puede vender y donar también puede Vd. ceder el derecho a habitación a su hermano, con lo cual, obviamente, a él no le pueden echar de la vivienda, al ser un tercero. Un acuerdo entre ambos con relación al uso de la vivienda sería muy oportuno, pero estrictamente no es definitivo 100 % pues en estos pleitos prevalece el interés del menor sobre todas las cosas (incluidos acuerdos de los progenitores, por eso interviene el Fiscal), pero obviamente un acuerdo de ese tipo, facilita mucho las cosas. Espero haberle ayudado. Si le queda alguna duda, por favor cierre primero esta pregunta y luego formule de nuevo la duda. Damian Prieto Abogado. Zaragoza