Tras el divorcio empecé a pagar una pensión a mi ex mujer pero al empezar a trabajar dejé de pagar

Me divorcie de mi ex-mujer hace 4 años, el juez me dictó que tenía que pagarle una paga compensatoria durante 3 años. No tengo hijos. Yo estuve pagándole la compensatoria hasta el momento en el que se puso a trabajar, creyendo que ya no debiera pagarle más.
Ahora tras 4 años del divorcio me reclama todo el dinero que me falta de los 3 años e incluso me ha embargado la vivienda que está a mi nombre. ¿Hay algo que pueda hacer para no pagarle puesto que ella trabaja y yo no estoy en una situación económica muy buena?

2 respuestas

Respuesta
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Angel 2526.
Puede alegar en su defensa en art 100 C.C. ya que se han modificado las circunstancias de desequilibrio que fijaron la pensión, ya que está trabajando y antes no estaba.:
"Fijada la pensión y las bases de su actualización en la sentencia de separación o de divorcio, sólo podrá ser modificada por alteraciones sustanciales en la fortuna de uno u otro cónyuges"
También puede negociar dicha cantidad en base al art 99 C.C.:
"En cualquier momento podrá convenirse la sustitución de la pensión fijada judicialmente conforme al artículo 97 por la constitución de una renta vitalicia, el usufructo de determinados bienes o entrega de un capital en bienes o en dinero."
Por último, puede recurrir al art 97 C.C por cuanto han variado sus circunstancias económicas:
"Se tendrá en cuenta para fijar la pensión, el caudal y medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge"
Hola,
Muchísimas gracias por su contestación. Es usted muy amable.
Resulta que la compensatoria estaba limitada a 3 años y ya han pasado esos 3 años. ¿Puedo negar a pagarme o es ya una sentencia firme? Ahora ella me lo reclama.
También le dieron el uso y disfrute de la vivienda que está únicamente a mi nombre. ¿Podría quitarle este uso y disfrute?
Ella se ha comprado un piso, tiene muchos terrenos y está trabajando e incluso aprovechó mi ausencia para llevarse todos los muebles de mi casa.
 También he descubierto que durante el matrimonio se creo sin mi conocimiento una cuenta en el banco en la que sólo figuraba ella y metía dinero en ella, que yo ganaba ya que ella no trabajaba. ¿Podría reclamarle parte de ese dinero? ¿Tengo qué denunciar a mi ex-mujer?
Muchas gracias. Saludos
Efectivamente se han cumplido los plazos para la pensión compensatoria y ya que menciona no tener hijos, solicite la liquidación de la sociedad de gananciales conforme al art 90 que recoge en la sentencia de su divorcio.
También se han modificado las circunstancias del divorcio y en este caso se produce un desequilibrio a favor de ella por lo que:
"Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias" art 90 C.C.
Considere las cantidades atrasadas vencidas y valórela como usufructo de la vivienda por parte de ella a descontar de la liquidación de gananciales. Con la modificación de medidas inscríbala en el registro .
Respecto a la cuenta individual de ella, si considera y puede demostrar las cantidades aportadas por usted, podría recuperarlas como liquidación según está estipulado en el art. 1354 C.C. "El cónyuge que hubiere aportado bienes privativos para los gastos o pagos que sean de cargo de la sociedad tendrá derecho a ser reintegrado del valor a costa del patrimonio común"
Respuesta

DEbería haber solicitado el cambio de medidas, al haberse producido un cambio sustancial en la situación de ella.

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