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HOLA! Paso a contarle mi caso. Aun no es un divorcio oficial pero le comento lo que pasa.
Mi esposa y yo nos separamos físicamente hace 5 años (ella se fue con nuestros 3 hijos a argentina) y yo me quede en españa.
Desde ese momento le mando unos 200 euros mensuales (que en argentina son unos 1100 pesos). Y a si necesita más dinero se lo envío a mi madre para que ella le compre cosas necesarias para el colegio o salidas, gafas...
El caso es que ahora he recibido una carta de una abogada donde me pide 500 euros mensuales y teniendo en cuenta que estoy en paro, si le mando 500 euros, yo no como ni pago mi alquiler.
La carta es de una abogada, no es una denuncia ni nada, simplemente una carta medio amenazadora diciendo que sino lo pago me atenga a las consecuencias.
Me gustaría saber que puedo hacer porque no es posible que les envíe 500 euros al mes (que serían unos 2600 pesos).
También me gustaría si me pudieras decir para los tramites del divorcio, al estar en dos países diferentes como se hace o algo.
PD. Mi esposa tiene 2 hijos más con una nueva pareja (quizás esto pueda influir a la hora de responderle a su carta porque a todos los efectos estamos casados)
Gracias
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Tranquilo, tienen que probar que ganás lo suficiente como para pretender que le pases esa suma. Aunque la obligación de la cuota alimentaria la tenés, no se trata de que estés en estado de indingencia, si no comés, no vivís y si no vivís no trabajás. Algo lógico. Aunque podes ponerte de acuerdo con tu ex acerca de la cuota alimentaria, también la puede fijar el juez, quien si tiene 2 dedos de frente, la fijará acorde a lo que vos ganás. El porcentaje será siempre proporcional. Probá mediante un recibo de sueldo o por otro medio tus ingresos y tus gastos fijos. Con respecto al divorcio, mucho no te puedo ayudar en el ámbito internacional de momento, pero sí es un punto a favor tuyo que tu ex haya tenido 2 hijos en tan poco tiempo, sin siquiera esperar algún tiempo prudencial para ver si hay reconciliación, a menos que haya motivos suficiente graves como para no esperar. Si el dinero que te piden es para mantener a los 2 hijos de otro tipo olvidate, no es tu obligación. Es más, incluso si el tipo convive con tus hijos, hasta también tiene la obligación de mantenerlos si hacen vida común porque se entiende de que los "adopta". Pero tus hijos son tus hijos y la obligación tuya no desaparece. Para el tema del divorcio preguntale al experto abogadosedo, que creo que se dedica a extranjería. Decile que vas de mi parte.
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De momento, usted no tiene obligación de pasar más dinero del que pueda o crea conveniente. Si quieren que usted pague más, que le demanden pero la pensión que usted deberá pasar irá en función de los ingresos que usted tenga.
El divorcio se tramitará conforme a la ley del país donde se haya celebrado.
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Las relaciones derivadas de las separaciones se rigen por dos directrices posibles: los acuerdos a los que lleguéis los cónyuges o, en su defecto, las imposiciones que un juez ha determinado en una sentencia. No hay medias tintas ni lugar a interpretaciones, por lo que la cantidad que actualmente le estás pasando se ajusta a tus posibilidades y nada te obliga a más.
Las consecuencias que te refiere la carta de la abogada que has recibido no pueden ser otras que aquéllas medidas que imponga un Juez en su resolución, derivada de un proceso de divorcio, pero que, claro está, es muy posible que no se alejen demasiado de lo que hasta ahora se viene observando, aunque piensa que un Juez se inclinará por atender a los hijos y pensará menos en ti.
Que tu ex-esposa mantenga otra relación es un punto a tu favor, porque es de suponer que no estará tan desamparada como otras mujeres.
En cuanto al divorcio, pues francamente ignoro cómo será la legislación Argentina. En el estado español puede hacerse vía amistoso (firmando un convenio) o vía contencioso, en el que el procedimiento se alarga más porque hay juicio, pruebas, etc. En principio se darían los requisitos para plantearlo aquí, en el partido judicial donde hubiese sido el último domicilio conyugal. Quizás convendría que acudieras a un abogado, ya sea particular o de oficio, para avanzarte a plantearlo aquí.
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En primer lugar perdone por el retardo. Ha sido debido a enfermedad.
El caso que planteja es compleo y de difícil dirección desde aquí. Para darle una opinión lo más cercana posible a la legal, necesito conocer diferentes cuestiones:
1) Se casaron en...
2) Estuvieron residiendo en España, siendo su último domicilio en...
3) Sus hijos nacieron en...
4) ¿Usted sigue residiendo en el mismo domicilio o población?
5) Su situación en España, desde el punto laboral es...
Con estos primeros datos podré tomar un primer contacto con el caso.
Le agradeceré una contestación o que cierre la consulta en la forma que establece la web para evitar que siga saliendo como pendiente.
Le paso los datos que no le había dado en la primera pregunta:
1) Se casaron en... ARGENTINA
2) Estuvieron residiendo en España, siendo su último domicilio en... ALMERÍA
3) Sus hijos nacieron en... las 2 primeras en ARGENTINA, el pequeño en ESPAÑA
4) ¿Usted sigue residiendo en el mismo domicilio o población? SI
5) Su situación en España, desde el punto laboral es... EN PARO
Si puede ayudarme, se lo agradecería, mi ex me ha amenazado con denunciarme y no dejarme salir de argentina cuando vaya a ver a mis hijos en noviembre porque la mayor cumple los 15 y allí es una fiesta muy importante. Y la verdad que no se si podría hacerlo o lo que podría pasar.
Muchas gracias
He estado estudiando legislación argentina para poder contestarle convenientemente al hecho de su estancia allí y la posibilidad de que su ex-mujer pueda ordenar que le sea prohibida la salida del país, sin que haya podido obtener información que haga referencia de forma sería y legal.
Por ello, para no hacerle perder más tiempo, he de indicarle que no me encuentro suficientemente capacitado para asesorle en este caso, sin el temor de poderle dar una información errónea que no haga otra cosa que perjudicarle.
Sabiéndome muy mal no poder atenderle, espero que consiga de otros compañeros la información que yo, sinceramente, no me atrevo a aventurar.
Mucha suerte y un saludo.
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Estimado (xxxxxx) gracias por tu pregunta pero yo no soy experto en leyes civiles pero debo decirle que usted esta casado legal mente slo en el país en que se casaron en los demás usted es soltero para la ley osea si le hacen una causa judicial ella tendría que darle poderes a un abogado en donde se casaron pero puede consultara con algún abogado en el país en que se casaron ya que las leyes difieren en los paices pero piencelo quizá sea mejor hacerlo legalmente así usted quedria libre y le dará la oportunidada de llegar a un arreglo para ver a sus hijos ademas de formalizar su cituación, si ustad no gana más de lo que les puedad dar un juez no lo obligara a dará más de lo que pueda así que piencelo ynvitele a que siga el proceso quizá la carta es para intimidarlo pero vea las ventajas pero antes consulte a un abogado de país donde se caso esa es la legislación que se tomara en cuenta. En cuanto a la ley de nuestro Dios quien fundo el matrimonio hay una cosa que me gustaría que vea..
¿Sobre qué única base bíblica podría divorciarse el cristiano?
Jesús dijo en su Sermón del Monte: "Además se dijo: 'Cualquiera que se divorcie de su esposa, dele un certificado de divorcio'. Sin embargo, yo les digo que todo el que se divorcie de su esposa, a no ser por motivo de fornicación, la expone al adulterio, y cualquiera que se case con una divorciada comete adulterio". (Mt 5:31, 32.) Posteriormente, después de decirles a los fariseos que la concesión de divorcio registrada en la ley mosaica no había sido una disposición vigente "desde el principio", comentó: "Yo les digo que cualquiera que se divorcie de su esposa, a no ser por motivo de fornicación, y se case con otra, comete adulterio". (Mt 19:8, 9.) En nuestro día, suele distinguirse entre "fornicación" y "adulterio": el primer término aplica a la persona que tiene relaciones sexuales con otra del sexo opuesto sin estar casada, y el segundo, a la persona casada que consiente en tener ayuntamiento sexual con alguien del sexo opuesto que no es su cónyuge legal. Sin embargo, como se explica en el artículo FORNICACIÓN, este término traduce la palabra griega por·néi·a, que engloba toda forma de acto sexual ilícito fuera del matrimonio bíblico. En consecuencia, las palabras de Jesús en Mateo 5:32 y 19:9 indican que la única base válida para el divorcio es que uno de los dos cónyuges cometa por·néi·a.
Quería darle las gracias por la primera parte de su respuesta, por intentar contestar a mi duda. La segunda me parece fuera de lugar ya que las leyes actuales no tienen nada que ver con la de dios, y jesús vivió en una época bien distintia a la nuestra.
Uno se casa con la idea de formar una familia para siempre pero luego, la vida da muchas vueltas y la verdad, que se cometen errores.
En fin, que usted no sabe el motivo de mi separación, pero en mi caso, hasta Jesús consideraría oportuno mi divorcio.
Muchas gracias, le repito, por la primera parte de su respuesta.
Entonces busque a la persona que lo acesoreen la ley del país donde se casaron estimado (xxxxxx)lo que le hice notar no es para se recocilie sino para que sepa cual es la única razón porla que uno se puede separar según la ley de Dios.

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