Cancelación anticipada de Hipoteca por ex esposa.
Tras mi divorcio, por acuerdo recogido en convenio regulador y aprobado en sentencia, continuo abonando el 50% de la mensualidad de la hipoteca que pesa sobre una vivienda adjudicada a mi ex esposa (que constituye su vivienda habitual y la de las tres hijas en común), en calidad de codeudor solidario aunque ya no poseo derecho alguno de propiedad sobre la misma.
Hace unos días he comprobado que mi ex esposa, motu proprio, ha procedido a la cancelación anticipada de dicha hipoteca, abonando el total del importe pendiente más la comisión por cancelación anticipada cuando aún restaban doce años del plazo acordado.
No ha habido ejecución por parte del banco (u otra circunstancia que la obligase a la cancelación anticipada). Por mi parte estoy al día en cuanto al pago de los importes que me correspondían, de forma que la cancelación ha sido decidida de forma voluntaria y unilatera por su parte.
Por supuesto, la primera noticia que he recibido de esto ha sido al consultar los movimientos de la cuenta asociada a la operación de préstamo, de la que sigo siendo cotitular.
Las preguntas concretas son:
1. Con las circunstancias expuestas, ¿Tiene derecho mi ex esposa a ejercitar contra mi la acción de repetición o la de reembolso para reclamarme el pago del 50% del importe de la liquidación?
2. Caso afirmativo ¿Mantendría la forma de pago que se había fijado en la hipoteca (mensualidades pendientes hasta la cancelación, tipo de interés etc) o ella podría imponerme otra distinta?
Hace unos días he comprobado que mi ex esposa, motu proprio, ha procedido a la cancelación anticipada de dicha hipoteca, abonando el total del importe pendiente más la comisión por cancelación anticipada cuando aún restaban doce años del plazo acordado.
No ha habido ejecución por parte del banco (u otra circunstancia que la obligase a la cancelación anticipada). Por mi parte estoy al día en cuanto al pago de los importes que me correspondían, de forma que la cancelación ha sido decidida de forma voluntaria y unilatera por su parte.
Por supuesto, la primera noticia que he recibido de esto ha sido al consultar los movimientos de la cuenta asociada a la operación de préstamo, de la que sigo siendo cotitular.
Las preguntas concretas son:
1. Con las circunstancias expuestas, ¿Tiene derecho mi ex esposa a ejercitar contra mi la acción de repetición o la de reembolso para reclamarme el pago del 50% del importe de la liquidación?
2. Caso afirmativo ¿Mantendría la forma de pago que se había fijado en la hipoteca (mensualidades pendientes hasta la cancelación, tipo de interés etc) o ella podría imponerme otra distinta?
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Respuesta de anrosi
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