Vivienda tras separacio

Hace ya unos años que me separe legalmente. Actualmente el único bien ganancial que existe tras la separación es la vivienda, la cual esta totalmente libre de hipoteca es de protección oficial. Esta vivienda se adquirió poco antes del matrimonio, tanto en la copia de la escritura como en la nota simple del registro el único que aparece soy yo como 100% privativo. El crédito hipotecario se pago durante el matrimonio por lo que considero es un bien ganancial. Ahora me quiero quedar con la casa y hemos pactado un precio del que yo le debería abonar el 50%, ¿he de hacer una exticion del condominio? O ¿He de hacer una liquidación de ganancial?. Económicamente que impuestos conlleva, teniendo en cuenta que las escrituras y en el registro solo figura mi nombre.
Muchas gracias de antemano, no se si esta es la sección adecuada

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Hemos de partir del hecho de que la vivienda ya no forma parte del régimen económico del matrimonio, puesto que dicho régimen tuvo que ser liquidado juntamente con el procedimiento de separación.
Por otro lado, está libre de cualquier carga y es de protección oficial; en tanto que la hipoteca ha sido pagada al 50% por ambos. Desconozco en qué condiciones esta escriturada la hipoteca y cómo figura, en consecuencia, en el registro de la propiedad. En el caso de que únicamente figure usted, no habrá ninguna anotación que cancelar en el registro porque nunca ha existido. Como tampoco ha existido condominio, por lo que usted dice al figurar únicamente a su nombre (estaríamos ante el hecho jurídico de que su mujer, en todo caso, gozada del usufructo de la vivienda).
Por lo tanto, y a menos que no hubiera entendido bien lo que me explica, ahora están ustedes en una fase de retornar a su mujer el 50% del total de la hipoteca que, por lo que entiendo ella pago de su dinero (que como el suyo, vigente el matrimonio, constituía un bien ganancial). Este trámite, al no constar en la escritura hipotecaria que el pago se efectuara de esta manera, deberá informarse en la notaría la forma en que debiera quedar escriturado, porque, por otro lado, entiendo que no es preciso que se inscriba en el registro, como le decía, porque allí figura únicamente usted y es usted quien únicamente puede promover ante la entidad bancaria que le financió la hipoteca la forma y el coste que pueda representar la cancelación registral de la misma.
Si no he sabido entender su escrito.
Creo que más o menos lo ha entendido, aunque creo que no he sabido explicarme al 100%.
Tanto en las escrituras, como en el registro de la propiedad (nota simple), figuro yo como 100% con carácter privativo. Ahora bien, el crédito hipotecario se pago íntegramente durante el matrimonio.
En el convenio regulador, tras la separación, no se realizo liquidación de bienes gananciales y el único bien existente al día de hoy es la casa, ella es la usufructuaria comoo efectivamente dice, pero a su entiendo propietaria ganancial al 50%.
Hemos considerado que la casa vale unos 150.000 Euros, por lo que he decido darle 75000 y la casa dejara de ser bien gananancial, puesto que pienso hacer liquidación de gananciales bien en notaria a la hora del pago, o bien por el juzgado.
Entiendo que a nivel de escritura no hay que tocar nada, puesto que esta a mi nombre unicamente, al igual que en el registro. Y que los gastos solo serán los equivalentes a los de la liquidación de gananciales.
Disculpe por la mala exolicacion anterior, pero hay veces que contar las cosas por escrito resulta ambiguo y complicado.
Gracias por su respuesta y amabilidad
Coincidimos, pues, en el contenido de la situación.
No debe disculparse porque no entendiera bien lo que me quería comentar, pues la culpa no siempre es de quien transmite sino de quien lo lee y, por eso, si hubiera alguna culpa (que, insisto, no la hay, la mitad es mía).
Si le agradecería que contestara este escrito mediante el final que marca la web para consulta finalizada, porque en caso contrario me sale como activa y no tengo forma de finalizarla.
Todo ello independientemente de que quiera o necesite comentarme alguna otra cosa.

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