Consulta compra vivienda y separación en gananciales

Mi madre quiere comprar una vivienda, y ya directamente ponerla a mi nombre como parte de la herencia. El caso es que lo que no quiere es que la madre de mi hijo (mi mujer aunque no estamos casados), no pueda tener derecho a nada de esa propiedad.

Como digo, llevamos casi 7 años, con un niño ya de 6 años, pero no estamos casados ni somos pareja de hecho, por lo que no sé hasta qué punto ella podría tener derecho sobre esa propiedad.

No sé si antes de la compra habría que hacer ante notario una documento como que vivimos en separación de bienes.

Al mismo tiempo y sobre mi piso que compré solo y que sigo pagando solo y que es donde vivimos, ¿tiene algún tipo de derecho sobre él?. Actualmente tenemos una cuenta común donde metemos un dinero cada uno que es para la convivencia.

Por cierto, esto es en la Región de Murcia, por si tuviera que ver algo el ámbito de aplicación.

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Al no estar casados, no tienen ustedes ningún régimen común por lo que, lo que cada uno compre a su nombre es suyo y aunque vivan juntos sigue siendo propiedad de uno sólo.

En cualquier caso es mejor que el dinero para el pago del piso lo pague usted desde una cuenta sólo a su nombre o en la que ella no ingrese, con independencia de que tengan otra cuenta para los gastos comunes.

Osea, que hasta que no se hace pareja de hecho o en su defecto nos casemos, mi piso que compré de soltero sigue siendo mío y ella no tiene nada que ver con él? ,si es así me da una alegría, ya que hasta ahora creía lo contrario ya que llevamos viviendo juntos esos años y había oído que se daba por hecho que eramos pareja....cosas que se oyen.

Hombre, pareja sí que sois, pero el régimen de gananciales sólo aplica a los matrimonios. Mientras no estéis casados los bienes que cada uno compre son privativos.

Cosa diferente es que en caso de que os separarais como pareja, siempre se van a proteger los derechos del niño y supongamos: ella se queda con la custodia y no tiene donde ir, es posible que durante un tiempo se le adjudique el uso del piso. Pero nunca la propiedad.

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