Embargo por pensiones alimenticias

Desde que me separe, mi ex marido no me ha pasado la pensión alimenticia de mis hijas, le único bien que tiene el, es la mitad de nuestra casa, la cual al irse también la estoy pagando yo pero a su nombre, hasta que se puedan arreglar las cosas definitivamente.
A esa mitad de casa, le han venido varios embargos de varios acreedores, ¿cómo puedo proceder a que me pongan el embargo por pensiones por delante de los otros embargos?
¿Hay alguna jurisprudencia a la que me pueda acoger?
La mitad de la casa, es mía pagada encima de la mano.
Gracias por la mano que me puedan echar, estoy desolada.

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Entiendo de la sensación de impotencia y desasosiego que la invade porque a su situación, le viene otro añadido.
Los únicos créditos que son preferentes a otros cuando concurran ambos, son las deudas de la Seguridad Social y las nóminas de los trabajadores, caso ante el que no nos encontramos.
La única forma que veo es que proceda usted judicialmente a la reclamación de los impagos de alimentos, que dicho sea de paso es un delito recogido en el art. 277 del Código Penal, y señalar como bien de embargo la parte del condominio de su ex marido.
Para ello, deberá ponerse en manos de un Abogado por ser preceptivo.
Ruego cierre la pregunta y valore

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