¿El dinero que da el padre es privativo o ganancial?

Querría consejo sobre lo siguiente: mi hermano se divorció y ahora tienen que hacer la liquidación de gananciales y hay un dinero que le dio mi padre para que se quitara parte de la hipoteca, le hizo el ingreso a su nombre en una cuenta que tenia con la que era entonces su mujer. Mi padre se lo daba a su hijo. ¿Ese dinero es ganancial o privativo? Y otra cosa, quiere vender el piso pero ella no quiere, en el piso vive ella con el hijo de ambos de 18 años. ¿El piso se podría vender? Y si ella no quiere, ¿hay alguna forma de hacerlo? El tiene el 65% del piso y ella el 35%.

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Las donaciones hechas por su padre son dinero privativo de su hermano, pero es necesario acreditar que fue una donación sólo a él y no al matrimonio.

Respecto al piso, si ahora mismo ella tiene el uso, no puede venderse, salvo que lleguen a un acuerdo. Según como esté acordado en la Sentencia de divorcio, él tendrá que respetar el plazo de tiempo por el que a ella se le haya concedido el uso y luego venderlo

La sentencia no dice nada al respecto que que ella y su hijo tienen el uso y disfrute de la vivienda, no habla de plazos, que hay que entender con ello?

¿Entonces a quien adjudica la sentencia el uso y disfrute de la vivienda?

perdón, me he explicado mal. la vivienda se la han atribuido a su ex mujer y a su hijo, pero lo que no dice es hasta cuando.

Habría que leer la Sentencia con detalle. Normalmente debe especificar si se atribuye a la madre el uso por sus circunstancias, con lo cual la atribución sería indefinida, o si es en beneficio de los hijos, por lo que la atribución sería mientras los hijos vivan en ella o no sean independientes económicamente.

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