Herencia de un bien inmueble del que me corresponde una séptima parte indivisa y nuda propiedad, con una cláusula de no venta

Los expertos:
Tengo que aceptar una herencia de un bien inmueble del que me corresponde una séptima parte indivisa y nuda propiedad, con la particularidad de que hay una clausula de no poder vender la vivienda en 10 años, dejando como usufructuaria a una de las partes durante ese tiempo.
Esta clausula está puesta por la misma parte que se queda con el usufructo, ya que es una de las hijas de la persona que deja la herencia, y se hace así para perjudicar a las demás partes, sobretodo a mi, por desavenencias con ella en otras ocasiones por problemas familiares.
¿Esa clausula es legal?
Si acepto la herencia;
¿Podría vender mi parte indivisa a un tercero, particular o empresa, aún con la clausula, alguien que no tenga que ver con alguna parte de la herencia?
¿En qué condiciones, si se puede vender, debo hacer esta venta?
Yo, particularmente, no estoy de acuerdo con dicha claúsula en las últimas voluntades;
Además de que mi relación con esta persona no es nada buena debido a su ruindad demostrada hacia otras personas de la familia en otros procesos legales donde ha llegado a hacerles pagar de una forma legal pero aprovechándose de sus conocimientos de derecho, ya que es abogada, no quiero que me haga a mí lo mismo;
¿Puedo impugnar esta aceptación de herencia o las últimas voluntades?
Hasta que no se resuelva esta impugnación, ¿Puede ella ejercer su usufructo hasta la resolución?
¿Merece la pena impugnarla en caso de que pueda, cuáles son las premisas y sus consecuencias?
¿Puedo ejercer el derecho de nuda propiedad e intentar también yo vivir en la vivienda, alegando mi soltería y mi incapacidad económica para independizarme?
En caso de que pueda, ¿Cómo es el proceso que debo realizar?
Posiblemente me queden más cuestiones en el tintero, porque debo estar preparado para lo que se trama por parte de esta persona que ha hecho que su madre (mi abuela) haya puesto esta claúsula y me consta que ha intentado quitarme los dos tercios opcionales de la misma (libre disposición y el tercio de mejora) no consiguiéndolo por el momento (eso creo), aunque dada la edad de mi abuela todo puede ser posible.

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Primeramente, no dice si había testamento o no. Aunque por su forma de plantear las cosas parece que si. Si en el testamento hay una cláusula de que se concede el usufructo por 10 años a esa persona, eso hay que respetarlo. No pueden hacer nada. Son diez años y a los diez años se acaba.
Segundo: La única persona que puede en testamento conceder el usufructo es el propietario (ya fallecido, entiendo). El testamento lo hace el propietario. No entiendo como es que dice que " esta cláusula está puesta por la misma persona que se queda el usufructo". El testamento es personal y no puede poner cláusulas otra persona que no sea el testador. El notario no lo admitiría. Osea, que no hay quien entienda su exposición al decir que se le concede el usufructo a esa persona y que esa persona es la que pone esa cláusula.
Tercero: Lo primero, lo que usted dice. Hay que aceptar la herencia. Después, pues si. Usted puede vender su séptima parte a otra persona, pero salvo que sea otro de los herederos, dudo mucho que alguien se la quiera comprar. Por otro lado, el comprador habrá de respetar ese usufructo.
Cuarto: ¿Condiciones de la venta? Pues desde luego, reflejando muy claramente que existe ese usufructo. La escritura de compra-venta ha de recoger perfectamente y sin lugar a dudas los derechos y obligaciones que usted vende.
Quinto: Dice que no está de acuerdo con esa cláusula. Pues lo siento, pero si está recogida en el testamento y usted acepta el testamento, acepta también esa cláusula.
Sexto: Usted ni puede impugnar la aceptación de herencia ni el testamento... aunque vayamos por partes. Lo que puede hacer es renunciar a la herencia. Pero tiene que ir al notario y firmar lo que desee. O aceptar o no. Y respecto al testamento, no puede impugnarlo salvo que haya algo ilegal, cosa muy dudosa ya que los notarios no cometen errores. Otra cosa sería (por ejemplo) que una persona sea nacido y residente en Granada, tenga tres hijos, y diga en su testamento que deja todo a uno y a los demás que no les deja nada. Eso va en contra de la Ley ya que todos los hijos tienen derecho a una parte de la herencia, al menos a la legítima. Ese testamento si que se podría impugnar, pero solo porque recoge algo que no está de acuerdo con la Ley. Pero si el testamento es correcto usted no puede impugnarlo porque usted no esté de acuerdo con su contenido o con el reparto. Solo aceptarlo o no. Ese es su derecho y su decisión.
Séptimo: Si otra persona tiene el usufructo usted no puede habitar en la vivienda salvo que esa persona se lo consienta o se la alquile, como un inquilino normal y corriente. Por supuesto que si la alquila, a quien sea, el alquiler es para ella. Porque es dueña del usufructo.
Octavo: Al final dice usted: "aunque dada la edad de mi abuela todo es posible". No se, parece como si su abuela estuviera viva y no haya fallecido.
La verdad es que primero hay que ver el testamento (que tampoco dice si lo ha visto) y ver exactamente lo que dice (habla usted de posibilidades, de que le quiten unos tercios de mejora y libre disposición, pero dice que no está seguro y dice que "eso creo".
Por eso no me cuadran las cuentas. O ha fallecido su abuela o no. O ha tenido usted acceso al testamento o no. Ya no cabe eso de " ha intentado quitarme" "eso creo" y de que debido a su edad "todo es posible"".
Si no expone seguridades, muy difícil es contestarle.
De todas formas tal y como tiene el tema y dado que "esa persona" es letrada, lo mejor es que ponga el caso en manos de un abogado. La Ley es la Ley y los abogados no tienen patente de corso. También ellos han de someterse a la Ley. Pero lo mejor es que lo ponga en manos de un abogado y le lleve cuantos más datos posibles para que pueda actuar. Porque sin ver el testamento, el reparto que hace, los bienes que tiene, fincas, saldos en bancos, planes de pensiones, seguros de vida... etc. es muy difícil aconsejarle.
Yo comprendo que mi contestación no le regala los oídos, pero aquí estamos para aconsejar lo mejor, y para informarle de lo que es legal o no y no para decirle cosas que no son y con las que hacerse falsas esperanzas o emprender acciones que serían erróneas.
Por favor, no olvide valorar y finalizar la respuesta para que se me quede libre.
Muchísimas gracias por las aclaraciones, son de mucha utilidad e intentaré ponerme en contacto con un letrado para que no me haga el lío esta persona.
Un saludo.

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