Pues puede renunciar a ella, pero ante notario ¿y para qué?. No merece la pena gastar dinero pues además como ya le he dicho, al final siempre habrá de renunciar de nuevo con todos los demás.
De todas formas, las herencias son un derecho, pero no una obligación.
Tiene derecho a ella, pero no tiene obligación de aceptarla.
Y como además los otros no van a hacer nada, pues usted tampoco. No le repercute en nada. Ni multas, ni inspecciones... nada de nada.
Se olvida del tema y en paz.
Con respecto a ese terreno, nada. Ya le digo que los vecinos pueden denunciar a los propietarios, pero usted no lo es y además ¿cómo van a saber quienes son los herederos.
Pero repito, si usted no ejerce su derecho de aceptarla, usted no es dueño de nada.
En muchos de estos casos, se pierde todo. ¿Por qué? Pues porque nadie paga y hay contribución que pagar.
Al final el ayuntamiento embarga por la deuda, se subasta y se lo queda el mejor postor.
Se pierde, pero mejor para usted, porque ya le digo que querer ser beneficiario de una herencia así, como esta, solo le va a costar el dinero.
Su última duda: Imposible. Eso de que haya pasado la propiedad de la abuela al abuelo, es imposible.
La Ley española, y no desde hace 60 años, sino desde hace siglos, establece que al fallecer una persona, todo (absolutamente todo) pasa a los hijos a partes iguales, salvo que haya testamento, en cuyo caso, el testador solo puede disponer de un tercio que se llama "de libre disposición" para legarlo a quien guste (Marido, hijos, un amigo, un vecino, una ONG... etc) .
Los otros dos tercios son la llamada legítima, y es para los hijos. Por Ley.
O sea, que repito: Tienen dos herencias, la de la abuela y la del abuelo, porque ella jamás ha podido legarle todo a su marido ni hay forma legal de que él se lo apropiara.
Y lo de que el abuelo podía vender, pues ya comprenderá por lo dicho, que imposible. Porque no era propietario al 100%.
Si algo es de dos, el notario exige que los dos estén en persona en notaría para firmar.
Bueno.