Herencia con deudas ¿Qué y como renunciar?

Mi nombre es Miguel, tengo una gran duda, paso a explicar resumidamente mi caso.
Mi padre y madre casados en gananciales y todavía en vida, firmaron a un hermano de ellos una serie de prestamos y papeles para que montara una empresa (el familiar, tío mio), resulta que la empresa quebró, los prestamos no los pagaron, dicha empresa debe a la seguridad social, mi tío debe los prestamos y mis padres como avalistas, respondieron con lo que tenían, un simple piso, que todavía tenemos aunque con bastantes embargos sobre el, creo que de 3 bancos diferentes, el tema lleva así parado como unos 10 años, ya que los bancos no se deciden a sacar el piso a subasta.
Pero voy al tema, mi hermano y yo, queremos renunciar a la herenicia, para no heredar las deudas también, ¿se puede hacer?, he estado leyendo un poco por aquí y creo que si. Pero mi pregunta es la siguiente, ¿cuándo y como debemos hacerlo?. Lo podemos hacer estando en vida todavía mis padres, o debemos esperar al fallecimiento de los 2, estamos un poco liados con este tema y me gustaría dejar las cosas bien atadas, ya que mi hermano y yo tenemos nuestros bienes a nuestro nombre y no nos gustaría perderlos.
Así que esa es mi cuestión, como y cuando hacer la renuncia.

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Por supuesto que pueden renunciar. Las herencias son un derecho, pero no una obligación.
Lo que pasa es que hasta que sus padres fallezcan, no pueden hacer nada, pero tampoco les afecta la situación mientras ellos vivan. Las deudas son de su tío, y de rebote de sus padres, pero los hijos no se ven afectados. Solo si aceptaran la herencia, claro. Así que tranquilos, que sus economías son diferentes a las de sus padres.
Tanto aceptar herencias como rechazarlas, se hace ante notario.
Yo creo que ya está dicho todo, pero si les queda alguna duda, me lo dicen.
Si no tienen más que añadir, les ruego finalicen la pregunta para que se me quede libre.
Por cierto, me quedaba una cosa.
Tanto si aceptan como si renuncian, se hace por la totalidad. No se puede aceptar el saldo del banco y no aceptar las deudas de la seguridad social.

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