Declaración de la Renta de una casa Heredada

Hace 1 año mi padre falleció y la casa estaba a su nombre, quedando por tanto herederas mi hermana y yo. Mi duda es que en el registro de la propiedad sigue figurando mi padre y no se si tengo que declarar la parte que me corresponde en la Declaración de la Renta. La mitad aparece en el borrador como a nombre de mi madre, pero la otra mitad ¿cómo hay de declararla?, ¿Tenemos cambiar algo en el registro? Necesito tu ayuda porque no se que tengo que hacer...

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Vamos a puntualizar, porque es muy normal que no se utilicen las palabras correctas y lógicamente mi contestación puede ser muy diferente.
Primeramente ¿vive su madre? ¿Estaban casados en gananciales? ¿La casa se compró en gananciales, o era privativa de su padre?
Todo esto es importante, porque si la casa se compró en gananciales el 50% es de cada uno. 50% de su padre y 50% de su madre.
¿Y su madre vive?
Porque en principio, serian dos herencias. Una del 50% de su padre y otra del 50% de su madre.
Como verá hay muchos interrogantes que hacen que la situación varíe mucho, y por tanto la respuesta.
Otra cosa es que dice usted "quedando por tanto herederas, mi hermana y yo".
Pero una cosa es tener derecho a una herencia y otra ser herederas. Se hereda cuando se acepta la herencia (que no es obligatorio aceptarla). Y se hace ante notario. Mientras no tengan su escritura notarial que diga que han aceptado la herencia, no son dueñas de nada. Porque nada han heredado. Tienen que aceptar la herencia.
Y por lo que dice, me parece entender que no han hecho nada, porque esa escritura notarial seria la que tendrían que haber llevado al registro de la propiedad para que quedara a nombre de ustedes.
Si hubieran hecho la escritura, el notario les habría avissado de esto. Y habrían de haber pagado los impuestos de sucesiones. ¿Los han pagado?
Porque hacienda da seis meses desde el fallecimiento apara pagarlos. Pasado el plazo, les ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Y cada día la deuda aumenta.
En fin, más interrogantes. Y con tantos interrogantes es difícil analizar su caso y aconsejarles.
Es que aunque parezca que no, pero esto de heredar conlleva muchos requisitos.
Dice que la mitad aparece en el borrador a nombre de su madre, ¿a qué llama usted borrador? ¿Quién ha hecho ese borrador? ¿En qué consiste?.
La verdad es que si no me dicen la situación exacta es difícil.
Pero si no, pues como norma general les digo que si una persona fallece, los herederos han de aceptar la herencia ante notario. Este les da una escritura que es la que hay que llevar a la oficina liquidadora de su comunidad y pagar los impuestos. Y ya con todo, llevarlo al registro de la propiedad y que inscriban el piso a nombre de los herederos que han aceptado la herencia.

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