Herencia Yacente
Tengo una duda sobre el porcentaje a declarar en el IRPF por la herencia yacente de la que soy partícipe. Mi padre falleció en enero 2008, según el ACTA DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS, los herederos somos mis dos hermanos y yo, siendo la usufructuaria vitalicia mi madre. La herencia consiste en un piso. De momento no hemos aceptado la herencia por los gastos que conllevan, nos esperaremos a venderlo. El piso se alquiló en 2008, y con lo recaudado cada mes mi madre paga el alquiler de otro piso donde vive actualmente. ¿También existe un hipoteca de 20.000? Sobre el piso heredado. En definitiva la herencia yacente tiene un rendimiento (ingresos - gastos) que hay que declarar en el IRPF. La duda es si tenemos que declarar los cuatro y en que porcentaje, o sólo mi madre, o sólo los hijos.
Mi madre tiene 67 años.
Gracias.
Mi madre tiene 67 años.
Gracias.
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1 Respuesta
Respuesta de El Fede
decirles que tras la muerte de una persona, hacienda da seis meses de plazo para aceptar la herencia ............... hasta aquí he podido leer. - Javier Firefly