Herencia a hijos

Mis padres se han muerto, somos ocho hermanos, primero falleció mi madre y luego mi padre, antes de fallecer mi padre dos de mis hermanos que no tienen casa propia llegaron a la casa, falleció mi padre y ahora ellos no se van, se les ha dicho que se busquen la vida por ahí pero no hacen nada, ¿Qué podemos hacer el resto de hermanos? Nuestros padres dejaron la casa para todos los hermanos.

1 Respuesta

Respuesta
1
Pues ustedes están en lo que se llama "PROINDIVISO".
Es compartir una propiedad entre varias personas a razón de un tanto por ciento cada uno.
Hay un artículo que lo puede buscar en Google poniendo: "pro indiviso la manzana de la discordia".
Es muy aleccionador y seguro que le va a informas y resolver muchas dudas.
Por mi parte, decirle que todos son herederos. Imagino que a partes iguales.
Pueden llegar a un acuerdo con esos hermanos y que les paguen un alquiler.
Pero en una situación así, lo mejor es fijar un precio lógico para la vivienda.
Si alguno quiere quedársela, que pague a los demás su parte.
Pero si los dos que ocupan la vivienda se niegan a todo (que es muy corriente), no queda más vía que la demanda judicial de "división de la cosa común".
Ahora, heredan, y primeramente han de aceptar la herencia.
Las herencias son un derecho. No son una obligación.
Es decir, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.
Y tanto una cosa como la otra, ha de hacerse ante notario.
Así que comprenderá que mientras no se acepte la herencia ante notario, no se es dueño de nada.
Por cierto, que hacienda da seis meses de plazo tras el fallecimiento de una persona para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo, ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
Así que no se duerman.
Cuando sean dueños, podrán reclamar lo suyo.
Si todos se ponen de acuerdo, la cosa es barata y fácil y rápida.
Si no, los costes se disparan y mucho.
Hay que demandar (abogados procuradores), y el juzgado ordena una tasación, que debe hacerla un arquitecto superior, que cobra sobre 1.500 euros.
Si hay acuerdo, una empresa especializada en tasaciones (de las que trabajan para los bancos), vienen a cobrar unos 300 euros.
¿El proceso?, pues si se "lanzan", unos dos años.
Y con muchos gastos y disgustos, ya que han de demandar unos hermanos a otros.
Pero como comprenderá, todos tienen derecho a recibir su parte y no pueden dos acaparar toda la herencia.
El juez, si no hay acuerdo, (que no lo habrá), ordena la venta en pública subasta y el dinero que se consiga lo divide entre los herederos.
Por supuesto que el juez ordenará que la vivienda se quede libre y se producirá el desalojo, pacíficamente, o con la policía judicial.
En las subastas, con las nuevas leyes que las rigen, y además con la crisis, apenas se saca un 60% del valor real.
Y si lo dividen entre los 8 y encima le meten los gastos, ... Su herencia se reduce a poquísimo.
O sea, que muy mala solución, pero la Ley ampara el derecho de todos los coherederos de recibir su parte.
Artículos código civil:
Artículo 1051: "Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia".
Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la división de la herencia".
Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero.
Pero bastará con que uno solo de los coherederos solicite la venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
Como verá, la Ley es bastante clara.
Y de verdad que les aconsejo que intenten llegar a un acuerdo.
Imagino que se producirán dos grupos:
Uno el de los que quieren la división y recibir su parte, y otro el de los que no quieren dividir.
Pues los gastos son iguales para unos como para otros.
Pero si son dos, contra seis, al repartir los gastos, los más perjudicados son los dos.
Y con lo poco que se saca en la subasta, como se descuiden, no solo no reciben nada, sino que además, han de poner dinero de su bolsillo.
Como estas subastas no son por embargos ni deudas dinerarias, los hermanos pueden acudir a la subasta y pujar.
No van a dejar que uno, (o un extraño), se quede el piso por cuatro perras.
Puede acudir y pujar.
Pero ojo, que para pujar hace falta mucho dinero.
Que el juez da solo veinte días tras la adjudicación para depositar el dinero de la puja.
En fin, que muchos problemas para todos, pero si no hay más remedio...
Bueno, que estas cosas son muy complicadas.
He intentado explicárselo aunque este tema es muy largo y peligroso.
No deje de leer el artículo de la manzana de la discordia que le decía al principio.
Merece la pena.
Si le queda una duda en concreto, me la plantea ¿Vale?.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas