Pues verá: La Ley no dice nada al respecto.
Ustedes están en lo que se llama pro indiviso.
O sea, que comparten entre varias personas una misma propiedad a razón de un tanto por ciento cada uno.
Si hay buen entendimiento, esto no es un problema, pero como uno solo quiera "hacer la puñeta", todos van a salir perdiendo y mucho.
Y otra cosa que usted dice: Dos tienen la mayoría.
Pues no.
Aquí no se va ni por mayoría de votos ni por mayoría de tantos por cientos.
Todos tienen los mismos derechos y obligaciones.
Y desde luego, nadie puede obligar a otro a vender nada.
¿Lo mejor? Pues que intenten llegar a un acuerdo.
Valorar, y si uno quiere la propiedad, que se la quede y que compense a los otros.
O sea, que unos comprar a otros, es un acuerdo al que han de llegar, por si mismos.
Pero no hay ley que obligue a nadie a vender.
Pero...
Pero... La ley no les obliga a estar en esta situación:
Artículos código civil:
Artículo 1051: "Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia".
Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la división de la herencia".
Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero.
Pero bastará con que uno solo de los coherederos solicite la venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
O sea, que no pueden obligar a vender, pero pueden unos demandar judicialmente a los otros para pedir la división de la herencia.
Como es lógico, un piso es indivisible por naturaleza.
Por tanto, al juez para proteger los derechos de cada uno, no le queda más solución que ordenar la venta en pública subasta del piso, y lo que se saque lo reparte entre los tres.
Una mala... Malísima solución.
Primero tienen que demandarse unos a otros, con el consiguiente rompimiento de relaciones familiares, posiblemente de por vida.
Luego, demanda, que puede tardar en dar solución un año y medio o dos, aunque por esta página hay casos en que llevan ya diez y hasta quince años peleando.
Luego, este tema es muy costoso.
Mucho dinero les cuesta.
Lo mismo a los demandantes que a los demandados.
Muy caro.
Además, en las subastas de hoy en día, y más porque hay crisis, y encima han cambiado las normas para las subastas, apenas se llega a sacar en subasta un 50% del verdadero valor del piso.
Y si encima le quitamos los gastos de abogados, procuradores, peritos, tasadores, costas judiciales... La verdad es que es un malísimo negocio.
Pero si no hay más remedio... pues ustedes mismos.
Le aconsejaría que se lea este artículo. Porque es la situación en la que se encuentran y es muy aleccionador.
Comprenderán muy bien cual es su situación.
Es el mejor artículo que he visto sobre este tema.
http://www.cienladrillos.com/2007/01/17-proindiviso-la-manzana-de-la-discordiaA parte de ello, para atreverse a poner esta demanda, hay que tener mucho dinero disponible.
En "el bolsillo", vamos.
Porque si no, están perdidos.
Le explico:
En estas subastas, como verá por el artículo 1062, han de entrar extraños.
Es decir, que no son las típicas subastas por embargos o deudas dinerarias, en las que ni los interesados ni las familias pueden ir a pujar.
En estas subastas ustedes pueden ir a pujar.
¿Por qué? Porque el precio de salida de la subasta normalmente es bajísimo comparado con el valor real del piso.
Y claro, usted no va a consentir que un extraño se quede el piso a menos de la mitad del precio. ¿No?.
Y tampoco que uno de sus hermanos se lo quede a un precio de risa.
O sea, que usted puja... Su hermano sube su puja... Un extraño puja más... Y un hermano vuelve a pujar más alto.. y luego usted... Y así (los extraños se retiran pronto, solo buscan los chollos).
Y ¿Qué pasa si usted dice una puja ya altita y nadie la supera?, Pues que para usted el piso.
Y ahora tiene solo 20 días para depositar el dinero en la cuenta del juzgado.
Solo veinte días.
Por eso le decía que para atreverse a iniciar la demanda hay que tener mucho dinerito en "el bolsillo" y totalmente disponible.
Luego, viene el pago del impuesto de compra-venta (8%), porque usted está comprando aunque sea en subasta, coste de escrituras, pago de plusvalía e inscripción en el registro de la propiedad.
Y "Bravo". Ya es usted dueño de un piso.
Pero este es uno de esos temas en los que los abogados tienen razón cuando dicen: "más vale un mal arreglo que un buen pleito".
En fin, a pensárselo.
Pero antes de llegar a esta demanda de un familuar coheredero para llevar a subasta el piso, supongo que prevalecería la intención de comprar tu parte al resto de coherederos, es decir, si uno de ellos quiere comprar la parte de los otros, ¿esto tiene preferencia o si llega un coheredero y pone demanda el piso ya queda en subasta? - Anastasia xy