Quisiera saber si al interpones la división de la cosa común por uno o varios de los propietarios quien debe de pagar todo los gastos que esto conlleva, como son abogado( que por cierto nos ha pedido 55000euros) procurador, costas del juicio etc.
Si no hay acuerdo, unos tienen que demandar a otros. Si los demandados no aceptan o ponen pegas a la demanda, se les condena en costas y han de pagarlo todo., Los abogados y gastos de demandantes y demandados y las costas. Pero si aceptan la demanda, (que es lo normal), cada parte paga lo suyo. Por cierto, que pidan presupuesto en varios abogados. Mi prima, está en un tema de estos, y unos le pedían 80.000 euros, otro 70.000 y otro (que además es experto, en estos temas, solo 12.000. Pues nada, suerte y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
El que demanda contrata al abogado y mi pregunta es si una vez aceptada la demanda paga su parte a este abogado.
Esto como casi todo es cuestión de acordarlo. Pero es verdad que no es muy frecuente que cuando se va a un abogado con un apuro, establezcamos las condiciones. Salvo que se acuerde por ejemplo, el pago cuando ya se finalice el proceso y se consiga la división, lo normal es que el abogado te vaya pidiendo "provisiones de fondos", para que al final la factura te sea más aceptable, pero te "meten el lápiz" bastante bien. Muchas cantidades pequeñas suman un mucho. La verdad es que no entiendo nada bien lo que pregunta ahora. Tal vez si dijerqa las cosas más claramente, le entendería. Dice "si una vez aceptada la demanda". Verá, primero, se contrata abogado. Luego se presenta la demanda en el juzgado. El juzgado debe aceptar la demanda Y luego se la comunica a los demandados, que también tienen que contratar a sus abogados. Y EL DEMANDADO DEBE ACEPTAR LA DEMANDA, ya que de no aceptarla se le condenaría en costas. Como verá, al preguntar usted "una vez aceptada la demanda", pues no se enriende muy bien, porque hay dos aceptaciones. Y repito, que el abogado lo que hace es hacernos un trabajo. Un servicio. Y eso es lo que pactemos con él. Si es que va a cobrar al final... pues cobrará al final. Si es de otra forma, o plazos... o según como evolucione el pleito... es otra la manera. Por otro lado, al demandar, suele ocurrir que para evitar gastos, se negocie y se pretenda evitar llegar a subasta, en la que todos salen perdiendo. Y por negociar... un precio... Si se llega a juicio... más precio... Si al final, hay subasta... más precio... En fin, lo dicho, que cada cual debe acordar la forma de pago. Y si alguien contrata a un abogado sin acordar precio detallado, ni forma de pago, pues estará teniendo que admitir los pagos como se los establezca el abogado. Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.