Mi pregunta es por los siguientes acontecimientos, ¿mi abuelo solo tiene una hija(es decir mi madre) y el no piensa hacer testamento legalmente de quien sera su herencia?
Pues es una pregunta muy simple y corta respuesta. La hija es la única heredera. De todo. Pero si hay un abuelo, hay también una abuela. No se si vive o no, porque no lo dice. Pero bueno, si estaban casados en gananciales, que es lo normal en este país, pues la mitad de cada cosa que tuvieran es de cada uno. O sea, que si tienen un piso, el 50% es del abuelo y el 50% es de la abuela. Si el abuelo muere sin testamento, la única hredera de su mitad deel piso es la hija, pero la abuela si vive, es propietaria de la otra mitad y además, legalmente le corresponde el usufructo de un tercio del 50% del abuelo. Usufcructo no es propiedad. Solo derecho de goce y disfrute mientras viva. Cuando fallezcan los dos, la hija habrá de aceptar dos herencias La herencia del abuelo, y la herencia de la abuela, y ya será dueña de todo.
Mi abuela ara 3 o 4 años que falleció, entonces supongo que por lo que me as respondido deduzco que mi madre se queda con la herencia de mi abuelo, ¿y el estado no se queda nada? ' Porque nuestra preocupación era esa pensar que el stado al no haber testamento se queda un tanto por ciento, muchas gracias por contestar de todo corazón la verdad es que mi abuelo le esta dando muchos qebraderos de cabeza a mi madre porque están lejos de nuestra ciudad y cada dos por tres mi madre tiene que ir a atenderlo dejando a la vez el negocio en mis manos porque el no quiere venir aquí y vivir con nosotros su hija y sus nietos .Agradezco mucho el tiempo que me ofreces para contestar.
Pues vuelvo a insistir en lo dicho, y más ahora sabiendo que tu abuela ya falleció. Otra vez el ejemplo del piso: El 50% del piso era de tu abuela y es una herencia que está "en el aire". O sea, que tu madre es la heredera y ha de aceptarla. A partir de ese momento tu madre será dueña de la mitad del piso. Y tu abuelo seguirá siendo dueño de la otra mitad. Cuando el abuelo fallezca, aceptará la herencia del abuelo, el otro 50%, y ya será dueña de la totalidad del piso. Son dos herencias totalmente diferentes y que hay que aceptar por separado. Si tu madre no aceptara la herencia, esta pasaría a ti. Pero mientras ella viva la herencia le corresponde a ella. De todas formas, tranquila pues hay 30 años para aceptar la herencia, o sea, que el estado no se lleva nada. Solo se lleva los impuestos que hay que pagar por sucesiones (herencias), que dependen de cada comunidad autónoma. Hacienda tiene delegados estos impuestos en las comunidades autónomas y cada una va por libre. Cada una cobra unas cantidades de impuestos diferentes al heredar. En lo que todas coinciden es en que tras el fallecimiento de una persona dan seis meses de plazo para pagar los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, te ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Y cada día que pasa se debe un poquito más. Tu madre ya debería de haber aceptado y pagado por lo de su madre cuando ella falleció. Está pues en peligro de que hacienda se lo reclame, y si se lo reclama, aparte de los intereses y el recargo, se enfrenta a una multa, que normalmente son elevadas. Claro que si hacienda no lo detecta (que en muchísimos casos si que lo detecta), no pasaría nada. De todas formas, si tu abuelo hiciera testamento, puede hacerlo diciendo lo mismo, o sea, que la heredera es tu madre y heredaría igual. Lo mismo, pero con menos problemas, gestiones y gastos. Lo mismo que ahora con la herencia de tu abuela, que con testamento se va al notario y se firma aceptando la herencia y sin testamento ha de ir al notario a hacer la declaración de herederos y luego la aceptación de la herencia. O sea, unos días más y un gasto más (el de la declaración de herederos), pero tampoco es muy importante. Si el abuelo no quiere hacer testamento (unos 40 euros), tampoco pasa nada. En resumidas cuentas, que ahora tu madre en cuanto acepte la herencia de tu abuela pasará a ser dueña de la mitad del piso y el abuelo, se queda con el usufructo de una tercera parte de lo que tu madre hereda. Usufructo es derecho a goce y disfrute, pero no es propiedad. Y el usufructo desaparecerá justo en el mismo segundo en el que tu abuelo fallezca. Bueno, si te queda algo, me lo dices. Y si no, me finalizas la pregunta ¿vale?. Gracias y un saludo.
Realmente has echo desparecer todas mis dudas y las de mi madre te estamos totalmente agradecidas, espero que todo en tu vida te vaya a las mil maravillas ya que es lo mínimo que te puedo decir después del favor que nos has echo muchs besos y mil gracias.