Defensor judicial
Fallece un español residente en Puerto Rico dejando en España como única herencia una casa. No hay testamento, los herederos legales son sus 3 hijos y la viuda usufructuaria que quieren adjudicarse y vender la casa pues todos ellos menos uno residen en puerto rico. Los hijos tienen todos la doble nacionalidad española-puertorriqueña, pero uno de ellos es menor de edad con lo que hay que nombrarle un defensor judicial (por el conflicto de interés con la madre) y hay que pedir autorización judicial para la venta. En España, como digo reside solamente uno de los hijos mayores de edad. La pregunta es, dado que el menor tiene doble nacionalidad ¿dónde debe nombrarse el defensor judicial? ¿En España que está la casa que se adjudica o en Puerto Rico que reside el menor? ¿Y la autorización judicial?
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Respuesta de mla2712
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