Casa en herencia

Casa con tres plantas independientes escriturada a nombre de la madre, en herencia (2 hermanas, sin escrituras). Por acuerdo la hermana 2 se queda con la 2ª planta. Alquilado en la 2ª planta, (cobra el alquiler hermana2) Primera planta deshabitado, hermana 1 se queda con la primera planta. Bajo deshabitado al 50%.
Pregunta 1:
Puede alquilar la H2 la planta 2 sin el consentimiento de la H1
Pregunta 2:
Quien debe pagar los gastos de los deterioros de las zonas comunes ( no es una comunidad). H1 no vive allí y se niega a pagar la pintura de la escalera, bombillas fundidas, etc.
Pregunta 3
No hay contador de luz en la escalera, es decir la luz se toma de cada planta. ¿Cómo debe pagarse?.
El problema está en que la H1 del primer piso se niega a pagarla pues no vive allí y ha cortado la luz de su piso, por lo que esa planta está sin luz.
Gracias

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1) No entendí muy bien si la madre ha heredado la casa y las hijas, por acuerdo, se han quedado con la casa o si, por contra, las hijas han heredado de la madre la casa. Si es el segundo caso, todo depende del acuerdo. Si el acuerdo consiste en que definitivamente, se va a quedar con la planta 2 y que le pertenece en propiedad, sí podrá alquilar sin consentimiento de la otra pero si, en el acuerdo, solo se dispone que puede usar esa planta pero que todo el edificio es de las dos al 50%, entonces deberá consultar.
En resumen, no es lo mismo aceptar una herencia que repartirla. Si han aceptado la herencia pero no la han repartido, las hermanas deberán consultarse antes de alquilar pero si, por contra, ya han acordado la repartición (adjudicación definitiva de cada bien), cada hermana podrá hacer lo que quiera con su piso.
2) Deberán medir los metros cuadrados de cada casa y se pagarán los gastos de forma proporcional a los metros que tenga cada una (ej. Si planta uno es el 60% de la casa, la hermana que tenga la planta 1 deberá pagar el 6'% de los gastos). Si las casas son parecidas, lo más sencillo podría ser pagar todo al 50%. El que una este alquilada y otra no no influye en el pago de gastos comunes.
3) Si no se ponen de acuerdo, lo mejor es que llamen a la compañía eléctrica y le instale un contador. La única alternativa es que lleguen a un acuerdo acerca de cuanto debe pagar cada na de Uds.
4) Una recomendación: Por lo que indica en su mensaje, parece que tienen varios puntos indefinidos y eso les puede crear problemas a lo largo de los años, que pueden ir a más. Lo mejor que pueden hacer, en mi opinión, es elevar a público (ante notario) los acuerdos que regulen todas las cuentiones que me plantea en el email y, de esta manera, zanjar de antemano posibles conflictos o malentendidos. Así, les recomiendo que contacten a su abogado de confianza y les oriente en este sentido (no debería swer costoso y les puede ahorrar quebraderos de cabeza y disgustos).
Javier Antonio González, Abogado Civil. e.Mail [email protected] Web: www.hayadefensa.es
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Pregunta 1:
Si se puede entender que se ha hecho un reparto entre las dos hermanas, sí que puede alquilar; esta señora sería propietaria por acuerdo entre ambas, aunque no se haya hecho la escritura; estaría todo pendiente de escriturar, pero si han llegado a ese acuerdo es válido entre ellas. Eso sí, lo conveniente es hacer la escritura de herencia, repartiéndose los dos pisos.
Pregunta 2: los deterioros en las cosas comunes, sin son de mala fe, causados de una manera voluntaria, evidentemente los debe de reparar quien los haya hecho; por ejemplo, si yo pego un puñetazo a una puerta del portal y la rompo, evidentemente me tendré que hacer responsable de ellos; de los deterioros de las zonas comunes por el uso, pues los deben de soportar los propietarios de los pisos y de la planta baja, en la proporción que acuerden (lo normal, cada piso de la plantas superiores y la planta baja debe de tener una cuota, y se suele fijar en proporción a las superficies de cada uno de ellos, y en función de esa cuota pagar esos gastos comunes .
Pregunta 3: es difícil calcular como debe de pagarse la luz. Lo lógico es que pongan un contador a la escalera, y así poder determinar ese gasto concreto, que debería de pagarse según la cuota de la que le hable en el párrafo anterior; mientras que no haya ese contador, pueden pagarlo por mitad, pero claro, si en un piso vive una persona, y en otra vive cinco, pues el uso que haga esta última casa, a priori, parece que será más elevado, al tener que salir y entrar mayor número de personas; pero lo mejor, será instalar un contandor independiente, y mientras tanto llegar a un acuerdo.
Y por último, el que un señor no viva en un edificio de viviendas, no le exonera de tener que pagar su parte de gastos de luz, ascensor si lo hay, etc; vamos, que si yo no vivo en una casa o edificio de pisos, que el resto se fastidie y que vaya a oscuras por la escalera, o que suba andando, que yo como no uso el ascensor ni me voy a pegar un porrazo, pues no pago ni colaboro con esos gastos; como puede entender, eso no se puede hacer, y se le puede obligar por las buenas o por las malas.
Hable con esta persona y propongale poner un contador, para que esos gastos se puedan concretar y así se puedan repercutir a cada dueño de cada piso.

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