La Ley reserva una parte importante de las herencias para los llamados "herederos forzosos", que son los hijos.
Esta es la llamada "LEGÍTIMA".
Pero Si no hay hijos, ya no hay legítima.
Por ello, ese tío de su madre al no tener hijos puede repartir su herencia a su antojo: A un hermano, a dos, a tres, a un amigo, a un vecino, a una ONG... Etc.
Al no tener descendencia, no tiene obligación legal de dejar nada a sus otros familiares, ni por supuesto, los familiares tienen ningún derecho, más que el que le otorguen en el testamento.
Si no hubiera hecho testamento, si que toda su herencia sería a repartir a partes iguales entre sus hermanos, ya que son los familiares más cercanos.
Bueno, dicho esto, analicemos su caso.
Los herederos son los nombrados en el testamento, y solo en lo que a cada uno les haya dejado.
Pero si nombra a los hijos de su abuelo fallecido, pues a ellos les corresponde lo que él haya decidido.
Por tanto, como usted está en la línea descendente de su abuelo, usted tiene derecho.
Al reparto de su abuelo, es decir, lo de su abuelo va a sus hijos, y la parte de cada uno de sus hijos, va para sus respectivas descendencias, entre las que usted se encuentra.
Pero volviendo a su pregunta, usted solo tiene derecho al reparto de lo que a su madre le haya correspondido. A nada más.
Un saludo y si no desea concretar algo, le ruego me finalice la pregunta para que se me quede libre.
Hasta otra...