Estos temas suelen ser espinosos. Vamos a ir por partes:
- A efectos de la hipoteca, los obligados son usted y su pareja, y siempre lo van a ser, porque es lo que figura en la escritura. Es decir, los hijos de su pareja no van a aparecer allí a menos que firmen una nueva.
- Supongo que habrán contratado un seguro de vida (ya que suele obligar la entidad financiera), y en caso de que fallezca su pareja, deberían abonar lo pactado, que puede ser una cantidad de dinero, o un porcentaje de la hipoteca.
- Si fallece su pareja, los herederos deberán aceptar la herencia, y, en caso de que hayan cargas, también las deben aceptar, subrogándose en la posición del deudor.
- Por último, los hijos de su pareja heredarían un 80%, y usted tendría el otro 20%. Nadie le puede echar de la vivienda porque usted es propietaria igual que el resto, y además es su domicilio. Lo que si que debe tener en cuenta es que podrían ponerle problemas en cuestión de intentar solucionar está "copropiedad".
Lo mejor que pueden hacer es crear un usufructo a favor de ustedes, de modo que en el Registro de la Propiedad aparezcan como titulares de un derecho de uso y disfrute sobre la vivienda, de modo que puedan estar en ella hasta que fallezcan, aunque no sean propietarios de la misma.
Esto lo pueden hacer mediante escritura pública, o en caso de estar casados o ser pareja de hecho, se aplicaría en el momento de fallecer, como así establece el Código Civil.
Saludos!
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