Impuesto de sucesiones y aceptación de herencia

Mi hermana ha hecho una declaración ante Notario con 2 testigos en la cual declara como herederos de mi padre fallecido a mi madre, a ella y a mi, pero tengo dudas de que eso me obligue a aceptar la herencia, pero como mi padre falleció el pasado 3 de Agosto el plazo del pago del Impuesto de Sucesiones finaliza el próximo 3 de Febrero, al haber un juicio pendiente por unos solares me pregunto si el pago del Impuesto de sucesiones implica la aceptación de la herencia o siempre tiene que hacerse la aceptación ante Notario.

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¿Su padre otorgó testamento?
¿Han solicitado el certificado de Últimas Voluntades y Seguro de Vida al Ministerio de Justicia?
Buenas tardes, la respuesta a su primera pregunta es no, mi padre no otorgó testamento, y si, hemos solicitado y recibido el certificado de ultimas voluntades y los seguros de vida.
Gracias
El juicio que ustedes tengan nada tiene que ver con la herencia.
Usted tiene que manifestar si acepta o no la herencia, porque en caso contrario sería demandada por abuso de Derecho conforme el art. 7.2 del Código Civil. Si no desea aceptarla tendrá que acudir a un Notario y renunciar a la condición de heredero conforme el art. 833 del citado Código Normativo.
El abono del Impuesto de Sucesiones es un acto que lleva implícita la aceptación de la herencia que tiene que ser ratificado ante Notario.
Ruego cierre y valore

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