Donación simple, colación y herencia

Ante todo agradecer la atención que ofrecen.
Tengo una consulta, voy a tratar de explicarlo lo más brevemente posible a ver si alguien pudiera ayudarme o enrutarme por el camino correcto.
Hace 24 años mi padre falleció, el piso en el que vivíamos estaba a nombre de mi padre (fallecido) y mi abuela paterna, después de mucha insistencia conseguimos que mi abuela hiciera una donación simple unos 4 años después, de su parte en favor de mi hermana y mío, el precio fiscal de esa cesión según las escrituras era de 665.600 pesetas.
Por otra lado mis abuelos paternos tienen en propiedad una vivienda, mi abuelo paterno falleció hace años, pero lógicamente mi abuela es la usufructuaria, ahora ese piso que parece que está a nombre de mi abuelo paterno (fallecido) y el mi tío (hermano de mi padre) ahora mi abuela quiere hacer la herencia en vida y alega que como hico una donación simple quiere restarlo a la herencia que nos corresponde.
Mi pregunta es, ¿después de este tiempo se puede alegar una colación, ya que la donación fue a mi hermana y a mi, y la herencia de mi abuelo y abuela es sobre mi padre ya fallecido pueden añadirla. Y si fuera así, el valor a descontar de la herencia sería el valor de la donación en ese momento?

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La colación solo la pueden hacer los herederos forzosos respecto de los bienes que el testador hubier entregado a uno de ellos en perjuicio de las legítimas de los otros, por consiguiente, su abuela podrá disponer de los bienes en las disposiciones testamentarias que otorgue ante notario en la forma que tenga por conveniente, respetando dichas legítimas, pero ella no puede colacionar nada porque no esta haciendo el avalúo de la masa hereditaria para hacer el cuaderno particional.
Ruego cierre la pregunta y valore

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