Tema de herencia,desheredar posible o no

Y quisiera que me aclararan a ser posible, mi padre fallecio hace 15 años, por temas varios no nos hablábamos con mi abuela recientemente fallecida, mi abuelo también esta fallecido, entiendo que si mi abuela ha dejado testamento la parte de mi padre nos corresponde a los hijos, pero personalmente creo que nosotros no estaremos en ese testamento ¿seria posible? Sinceramente no me importa pero por lo menos me gustaría recuperar fotos y demás cosas de mi padre que estaban en su poder.

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Los hijos substituyen a su padre premuerto. Efectivamente hay un mínimo que no os pueden quitar y es la legítima de tu padre. Para saber más deberías dercirme cuantos hijos tuvieron tus abuelos y de que comunidad autónoma se trata.

Son dos hermanos,sin contar a mi padre,y somo de Andalucia.

Gracias

La herencia de una persona se divide en tres prtes, una de las cuales se debe obligatoriamente repartir entre los hijos (tercio de legítimas). Otra se debe dejar a algun descendiente (tercio de mejora), pero no necesariamente a todos y el otro es de libre disposición. Si tu padre y tus abuelos no tenían buena relación es probable que el tercio de mejora y el de libre disposición se los dejaran a otros, pero del primer tercio, el de legítimas, os corresponde la parte que habría sido de tu padre si no hubiera muerto.

De todas maneras, es mejor que os asegureis de si os han dejado algo más, pero incluso si os han ignorado en el testamento, esa parte os corresponde por ley, aunque sea poco: A tu padre le hubiera correspondido una tercera parte de ese tercio, o sea una novena parte del total. Y eso lo teneis que repartit entre los hermanos que sois.

Podéis pedir lo que os corresponda de la herencia de la abuela, pero si tu padre no recibió nada, también podéis pedir lo que os toque del abuelo.

El ultimo patrafo no lo entiendo muy bien¿podemos pedir lo que nos toque del abuelo?

tendríamos que contactar con los hermanos de mi padre para pedirles que nos explique?pedir nosotros algún documento?esperar a que ellos nos llamen?y otra pregunta cuando se abre un testamento,quien valora lo que vale las propiedades que ahí en el testamento,porque siempre le en todas las respuestas que corresponde un tanto por ciento,pero un tanto por ciento de que o que cantidad?

Gracias

Hay que contar el valor de todo lo que hay en la herencia. A veces todos los herederos estan de acuerdo en el valor y no hace falta que nadie lo valore (por ejemplo si es dinero, no hay que valorarlo, ya se sabe, o si es un piso y sabemos mas o menos lo que vale un piso como ese en la misma zona), pero si no se sabe el valor, los herederos de comun acuerdo pueden contratar un perito que lo valore. Cuando hay controversia tambien puede ser que unos contraten un perito y otros otro, y luego los dos peritos lo valoren conjuntamente.

Cuando toca repartirlo todo a partes iguales, muchas veces se vende y se reparte el dinero, o alguno de los herederos le compra su parte a otro si se ponen de acuerdo en el precio, pero eso es como si vendes tu piso. Puedes hacerlo valorar, pero tambien puedes simplemente pedir la cantidad que te parece a ver si te la dan. A veces hay un heredero al que le ha correspondido una parte más grande porque le han dejado el tercio de mejora e incluso el de libre disposición y les tiene que pagar su parte en dinero a los que solo tienen la legítima, este suele ofrecer una cantidad que los otros pueden aceptar o no. SI no se llega a un acuerdo es cuando hay que poner peritos.

Puedes ponerte en contacto con tus familiares y preguntarles por el testamento, o puedes pedir directamente si hay las últimas voluntades aportando un certificado de defuncion. En culquier caso, al menos teneis derecho a la legítima.

Y lo que te digo del abuelo es que si murió y no cobrásteis nada ni tu padre ni vosotros, tenéis derecho a que o s paguen también lo que os corresponda del abuelo además de lo de la abuela.

Pues muchísimas gracias,me ha aclarado bastante el tema.

Un saludo

Buenos días, resulta que en el registro de ultimas voluntades no ha otorgado ningún testamento,con lo que la cosa cambia ya que no queremos tener trato con mis dos tios,que pasos deberíamos de seguir a partir de ahora?

Gracias

Si su abuela no ha otorgado testamento, puesto que ella tuvo tres hijos, su herencia se divide en tres partes iguales, una para cada hijo, pero como su padre ha muerto, usted y sus hermanos se reparten lo que hubiera correspondido a su padre.

Al no haber testamento, hay que acudir al notario para que haga un acta de notoriedad, en la que se declare que estos tres hijos son los herederos. Tendrán que llevar un par de testigos que declaren ante el notario que ellos conocían a su abuela y sabían que solo tenia estos tres hijos. Entonces el notario redactara un documento que se pondrá a exposición pública para que pueda presentarse algun posible interesado (a veces aparece algún hijo ilegítimo, un hijo adoptado, etc). Se todo esto se suelen encargar en la propia notaría. Si no aparece nadie, el notario hace la escritura de aceptación de herencia que luego hay que llevar a liquidar el impuesto de sucesiones y ya pueden entrar en posesión de su herencia. Deberían ponerse en contacto con sus tios o ellos con ustedes. Aunque les sea incómodo sería lo más fácil y menos costoso.

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