Buenos días, mi madre es titular en una cuenta corriente de un tío suyo, que falleció recientemente.

El tema esta en que ésta persona tiene tres hijos, los cuales nunca quisieron saber nada del padre... Al fallecer fue mi madre al banco a decir que quería cerrar la cuenta y le dijeron que no se podría, ya que había herederos de mejor derecho que ella, en la cuenta hay poco dinero, creo que sobre 800 euros más o menos. Entonces dijo que quería que le diesen a ella de baja... Pero le comentaron que no podía... Ya que la cuenta estaba bloqueada por que necesitaban una declaración de herederos... Mi madre se puso en contacto con los herederos y le comento lo que pasaba... Fueron al banco con ella y el del banco les dijo que la mitad del dinero le pertenecía a mi madre y la otra a ellos... A lo que contestó mi madre que no quería el dinero... Pero si que la cuenta se cerrase... Que todo se lo quedasen ellos... De eso a pasado ya varios meses... Y aún no han hecho ni declaración de herederos... Y por lo que me parece... No tienen intenciones de hacerlo... Mi pregunta es... ¿puede mi madre de alguna manera mover la declaración de herederos?. Mi tío no dejó testamento alguno... No estoy segura... Pero creo que mi madre podría presentar una DECLARACIÓN DE HEREDEROS ABINTESTATO para motivar dicha declaración... Y si una vez presentada... Si no comparecen esos familiares de mejor derecho en el plazo de 30 días desde que fije el juez el llamamiento en en Boletín Oficial de la provincia... Quedaría ella registrada como única heredera ¿no?. Si esa no fuese la solución... ¿qué otra podría llevar acabo para poder quitarse de esa cuenta?.

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¿Además de los 800€ el tío de su madre tiene otros bienes?

No tiene ningún otro bien, por lo menos que nosotros tengamos constancia... Tenía una finca, pero se la adjudicaron a otra persona hace muchísimo tiempo por una indemnización que tuvo que pagar...

Se llevo mucho tiempo en una residencia.. Del dinero que cogía de jubilación, pagaba la parte que le correspondía... y el resto era lo que ingresaba en esa cuenta... de la que hacía uso cuando quería coger algo de dinero para sus gastos...

En ese caso, su madre, ha de acudir a una notaría y en virtud del art. 833 del Código Civil en relación con el art. 988 del citado Texto Normativo, hacer una declaración de renuncia voluntaria en la condición de heredera de su tío Don XXX, debiendo aportar un certificado de defunción que obtendrá en el Registro Civil de la localidad donde ha fallecido. Dicho documento que lo presente en la entidad financiera para que tomen nota de él, pero que no lo entregue por si le hiciera falta para otra operación.

Ruego cierre y valore

Muchas gracias por la solución y por la rapidez en su respuesta... se lo comentaré esta noche cuando llegue a casa para que sepa lo que tiene que hacer...

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