Herencia, reducción por parentesco

mi suegro murió, y dejo un testamento, con su cónyuge, tiene 4 hijos. Su patrimonio era una vivienda habitual y 60000 euros. ¿que pueden hacer los hijos para no pagar nada, de los bienes heredados, ya que en realidad lo que quieren es dejárselo a su madre?. ¿ se puede renunciar en la herencia? O por reducción de parentesco no se renuncia y el año próximo se tributa los bienes heredados?. ¿que significa eso de reducción por parentesco..dicen que que se tributa el año siguiente?. ¿hay algún tope de las ganancias de los hijos durante el año, por si están exentos de pagar algo?. Somos de Andalucia, y les ruego me maticen ampliamente la respuesta?. Saludos y gracias

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En Andalucía si el patrimonio a heredar no supera los 175.000,00 €
Está exento de pago, en cualquier otro supuesto consultar con su
delegación de la Junta de Andalucía.
En cuánto a la segunda parte de la consulta discúlpeme pero no
entiendo el planteamiento lo que sí puedo decirle es que la renuncia
a la herencia es una cosa, ya explicado en respuestas anteriores, y
la reducción por parentesco es una cantidad variable dependiendo del
grado de proximidad que se resta a la masa hereditaria bruta por lo
que al final la cuantía sobre la que se tributa es menor.
Para más información puede llamar al 915487550 o bien contactar a través de www.pfasociados.es;
www.willsandlaws.com;
[email protected] e
[email protected]

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