Días de vacaciones

Mi hija a hecho cuatro días de vacaciones que le quedaban. Ha elegido estas fechas: días 2,3,4 y 5 de Noviembre.
Trabaja como auxiliar administrativa. La pregunta es la siguiente: Al cobrar la nomina del mes de Noviembre le descuentan de la nomina los días 6 y 7 (Sábado y Domingo) ¿Esto es legal?
Por lo que ella dice es una practica común en la empresa, si coges días anteriores fin de semana te descuentan ese fin de semana de la nomina.
Espero haberle dado los suficientes datos, para facilitar su respuesta.
Un saludo.

1 Respuesta

Respuesta
1
La cuestión que me planteas es un análisis a fondo de la situación contractual y retributiva de tu hija, lo cual excede de las posibilidades de este foro, entre otras cosas, porque necesitaría muchos más datos.
Ahora bien, los contratos por día trabajados son legales, pero desconozco qué convenio exacto es el de aplicación, pues no se en qué provincia os encontráis. (Tampoco me se todos los convenios del país) Pero está claro, si el convenio dice que caben los contratos por días, entonces tu hija tiene que cobrar los días de vacaciones y no el sábado y el domingo, pues solo le quedan cuatro días por cubrir, que sería el martes, miércoles, jueves y viernes. Sábado y domingo, como no trabaja, pues no cobra.
Sobre el tema de que el empresario pueda decirle a tu hija que no vaya, necesitaría más datos, como el tipo de contrato y la jornada que se establece.
Te aconsejo que acudas a un abogado, que no son tan caros y te solucionará el problema de forma total.
Primero agradecer la rápida respuesta. A consecuencia de la misma hemos podido averiguar más datos. Parece ser que su contrato dentro del convenio de la metalugica (metal) Y en su categoría de auxiliar administrativa, es a día trabajado. No le pagan ni los días de fiesta, ni los Sábados o Domingos, pues no los trabaja (solo cobra al mes los días trabajados, junto con la parte proporcional de las pagas estraordinarias)
Con estos datos me podría decir ¿qué tipo de contrato tiene? ¿Es legal?
Segu yo aprecio en un principio, si sus jefes le dijeran este mes no hay tanta faena, esta próxima semana no vengas. ¿Podrían hacerlo? ¿Y se da por supuesto que no cobraría esos días?
Espero haberle aportado los datos suficientes para aclarar mustras dudas, y pedirle si es posible algo de información acerca del tema (tipo de contrato, etc.)
Muchas gracias.
Las vacaciones en este país son remuneradas. Es decir, que se pagan. Por tanto, tus hija tiene que cobrar la nómina completa de un mes. Días del 1 al 31. Por tanto, también los días 6 y 7.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas